Agenda
1999
LA
VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
La Plataforma de Acción de la IV
Conferencia de Naciones Unidas sobre la Mujer, señala que "La
violencia contra las mujeres es un obstáculo para lograr los
objetivos de igualdad, desarrollo y paz y menoscaba el disfrute
de los derechos humanos y las libertades fundamentales. La
permanente incapacidad de proteger y promover esos derechos y
libertades en los casos de violencia contra las mujeres es un
problema que incumbe a todos los estados y exige que se adopten
medidas al respecto."
La
Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar
la Violencia contra la Mujer "Convención de Belém do Pará"
(OEA, 1994) ratificada por Uruguay el 5 de Enero de 1996, define
que "para efectos de esta Convención se entenderá
por violencia contra la mujer cualquier acto o conducta basada
en el género que cause muerte, daños o sufrimiento físico,
sexual o psicológico a la mujer, tanto en la esfera pública
como en la esfera privada".
Las
convenciones y compromisos internacionales ratificados por el país
en esta materia son compromisos de Estado que trascienden los
gobiernos y las administraciones. Estas resoluciones implican
formulación de políticas y de mecanismos de garantías que
competen a todos los gobiernos del país que asuman con
posterioridad a dichas ratificaciones, tanto nacionales como
departamentales.
En
Uruguay, la Ley de Seguridad Ciudadana (Ley No. 16.707) aprobada
el 12 de Julio de 1995 incorpora por primera vez la figura de la
violencia intrafamiliar. En su artículo 38 dispone: "encomiéndase
al Poder Ejecutivo y al Poder Judicial, en el ámbito de sus
respectivas competencias, la implementación de programas específicos
para la asistencia integral a las personas y sus familiares, víctimas
del delito y del abuso de poder. Se tendrá en cuenta para estos
programas la normativa internacional en la materia".
La
violencia doméstica es una realidad presente y extendida en
nuestro país, aunque no se ha generado aún la suficiente
información que permita estimar la magnitud del problema y el
impacto de los daños producidos por estas situaciones. De todos
modos, la información existente permite confirmar las
estimaciones que se realizan desde los servicios de atención
directa a mujeres víctimas de violencia.
Solamente
el 3% de los procedimientos realizados por esta causal culmina
en procesamiento del agresor, pese a que existen Comisarías y
Oficinas Policiales de Defensa de la Mujer en siete
departamentos del país; Cerro Largo, Flores, Florida, Lavalleja,
Montevideo, Soriano y Treinta y Tres siendo recientemente
inaugurada la de Tacuarembó. En estas Instituciones, en el año
1997 se realizaron 3003 procedimientos.
Para
estimar la dimensión del tema:
•
En 1996 murió 1 mujer cada 10 días como víctima de violencia
familiar (información surgida de un relevamiento de prensa que
cuantificó los homicidios que tuvieron lugar ese año y las
causas respectivas). En una reciente encuesta de opinión pública
realizada por Sybila Consultores para el Programa de Seguridad
Ciudadana en el área metropolitana, se señala que alrededor
del 40% de los hogares vive algún tipo de violencia física o
emocional. El Servicio Telefónico de Apoyo a la Mujer de la
Intendencia Municipal de Montevideo atendió entre 1994 y 1997,
15.567 consultas: de ellas el 75% respondían a situaciones de
maltrato doméstico, 5.3% a maltrato no doméstico y 1.24% a
abuso sexual. En el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo
Penal de 10º Turno del total de comunicados telefónicos al
juez en 1994, 1995 y 1996 el 14.6% correspondió a situaciones
de violencia doméstica y sexual. El Centro de Asistencia a Víctimas
de Violencia Familiar del Ministerio del Interior atendió en
tres años 2.721 casos.
La
capacidad de cobertura de las instituciones públicas y privadas
que desarrollan acciones de atención directa es absolutamente
insuficiente, de acuerdo a la información existente a pesar de
la fragmentación y subregistro de los datos. Muchas de estas
intervenciones son acciones puntuales que responden al momento
de crisis pero no tienen condiciones de asegurar la atención
efectiva del proceso, la reparación de los daños y la
modificación de las condiciones que mantienen a la mujer
sometida a situaciones de violencia.
No
existe una política pública integral contra la violencia doméstica
en Uruguay ni un sistema orientado a prevenir, atender y atenuar
las causas e impactos de la violencia contra la mujer. En el
plano cultural, salvo iniciativas puntuales, no se ha emprendido
tampoco una estrategia global de sensibilización y transformación
de las pautas que están en la base de la reproducción del
ciclo de la violencia.
PROPUESTAS
En
relación a aspectos institucionales :
Formulación
de un Plan Nacional contra la Violencia Doméstica, que
implique prevención, diagnóstico y atención de las víctimas
y sus familias.
• El plan no podrá basarse exclusivamente
en sistemas de derivación hacia las organizaciones de la
sociedad civil, sino que tiene que integrarlas como parte
componente del mismo. Debe ser una política de estado,
incorporada al presupuesto nacional como tal. La coordinación
entre los distintos ámbitos de formulación de políticas
sociales sectoriales (el sistema educativo, el Ministerio de
Salud Pública, Ministerio de Cultura, Poder Judicial,
Ministerio del Interior, Universidades y Gobiernos
Departamentales) es una condición imprescindible para una
atención integral.
• El Plan Nacional deberá comprender
iniciativas como la creación de Comisiones Departamentales de
Equidad o Centros de Diagnóstico, Prevención y Tratamiento de
violencia doméstica y sexual; el diseño de un programa específico
de rehabilitación de víctimas directas e indirectas; la
implementación de un sistema de información integrado que
permita relevar los casos de violencia doméstica y los
procedimientos actuados en consecuencia así como habilitar el
monitoreo y control permanente de la eficacia del sistema; la
institucionalización de servicios jurídicos gratuitos para víctimas
de violencia doméstica y sus familias a nivel nacional a
través de convenios con las Intendencias Departamentales; la
creación de refugios departamentales para mujeres
víctimas de violencia doméstica y sus hijos, insertos en un
plan nacional de prevención, atención y reparación a víctimas
y la creación de Comisarías de la Mujer y de la Familia en los
departamentos donde aún no existen.
• El Plan Nacional deberá ser garantizado
con medidas legislativas recogiendo iniciativas tales como el
anteproyecto presentado en Cámaras y otros aportes eventuales.
En
relación a la cogestión estado/sociedad civil:
Incorporar
a las organizaciones de la sociedad civil en los presupuestos
del Plan Nacional contra la Violencia Doméstica, asumiendo por
parte del estado la responsabilidad de compartir con las
Organizaciones de la Sociedad Civil los costos de reproducción
de los sistemas de prevención y atención actuales y su
potenciación en términos de
capacidad de cobertura, calidad y sostenibilidad.
En
relación a aspectos económicos:
Crear
un Fondo de Solidaridad para financiar políticas de prevención
y atención de situaciones de violencia doméstica y sexual, a
través de mecanismos de exoneración tributaria, regulación de
donaciones de empresas públicas, etc. Para la gestión,
administración y control de este fondo se creará un consejo
donde participen organismos estatales, no gubernamentales, las
entidades empresariales y corporativas que estén dispuestas a
involucrarse.
Formular un Programa de Generación de
Alternativas Económicas dirigido a mujeres víctimas de
violencia (líneas de crédito para microemprendimientos,
especialización laboral, programa de becas de trabajo para
capacitación laboral y generación de antecedentes laborales).
En
relación a los profesionales competentes en la materia:
Elaborar
un sistema de calificación de profesionales policiales y
judiciales (ascensos, criterios para concursos, etc), donde la
incorporación de estas nuevas dimensiones sean valoradas para
potenciar sus capacidades de competencia en las carreras
profesionales.
Incorporar la temática de la violencia doméstica
en los curriculum de formación profesional (carrera policial,
judicial, derecho, ciencias sociales, Facultad de Medicina,
Psicología, etc).
Elaborar e implementar un plan de capacitación
de educadores, funcionarios policiales y judiciales especializados
en la detección de situaciones de violencia y con capacidad de
intervención
En
relación a aspectos culturales
"Declaración
Nacional de Rechazo a Toda Forma de Violencia contra la
Mujer" firmada por los candidatos presidenciales, los
partidos políticos y los organismos de gobierno.
Programa de Educación para la Vida en
Equidad., con el objetivo de modificar pautas culturales de
reproducción desigual de poder dentro de las relaciones
familiares y sociales, dirigido a niños, niñas y adolescentes,
docentes, padres y agentes comunitarios.
Campaña Nacional de Prevención de la
Violencia Doméstica articulada entre los diversos ámbitos
gubernamentales y no gubernamentales, nacionales y
departamentales.
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