PLAN
NACIONAL DE LUCHA
CONTRA LA VIOLENCIA DOMÉSTICA
2004 - 2010
INDICE
I.
PRESENTACIÓN
II.
MARCO JURIDICO
III.
MARCO TEÓRICO
IV.
SUPUESTOS
V.
PLAN NACIONAL
-
Finalidad
-
Objetivo
General
-
Objetivos específicos
-
Actividades
-
Promoción de derechos y prevención de la Violencia Doméstica.
-
Formación y capacitación permanente de recursos
humanos
-
Abordaje en crisis, atención, tratamiento y rehabilitación
-
Articulación de acciones y trabajo en
red
-
Sistema de información seguimiento y evaluación
continua
-
Implementación
-
Resultados
esperados
-
Responsables
VI. CONSEJO
NACIONAL CONSULTIVO DE LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA DOMÉSTICA.
VII.
ANEXOS
I.
PRESENTACIÓN
La
Ley Nº 17.514 de 2/VII/02 creó el Consejo Nacional Consultivo
de Lucha contra la Violencia Doméstica y en el artículo 29 de
la norma se dispone que el Consejo elabore el Primer Plan
Nacional de Lucha contra la Violencia doméstica, con un enfoque
integral, orientado a la prevención, atención y rehabilitación
de las personas involucradas a efectos de lograr el uso más
adecuado de los recursos existentes, en beneficio de toda la
sociedad.
La
norma legal establece la permanencia de este Consejo y le
adjudica otras competencias (Art.26).
En
lo que tiene que ver con el Plan, para lograr un resultado
sostenible, deberá actuar como el Organismo de control de
ejecución y realizará los ajustes que en la marcha resulten
necesarios, así como también las mediciones de avance o no,
según los indicadores que se establezcan.
A
los efectos del mejor funcionamiento administrativo, se instalará
en el INFM del Ministerio de Educación y Cultura, los registros
significativos y se elaborará un informe para la consideración
del Consejo, ya sea en las reuniones regulares de seguimiento,
como en las reuniones
extraordinarias que se convoquen por los motivos y en las
circunstancias previstas por el Reglamento que se aprobó y por
la propia Ley de creación.
El
Consejo estima que,
una vez finalizado el Plan Nacional, deben establecerse
taxativamente los controles a llevar y los controles de
seguimiento necesario.
También
considera prioritario supervisar y adaptar, si esto fuera
necesario, las acciones en el interior del país, realizando
reuniones regionales con las autoridades de las respectivas
Intendencias.
En
esa línea de acción, cursará
comunicaciones directas a los responsables de las
diversas áreas que el plan establece.
Las
instancias de evaluación se reflejarán, como corresponde, en
modificaciones que garanticen un permanente replanteo de los
objetivos, con el fin de medir:
1)
si se están cumpliendo en la medida prevista y en el
tiempo esperado,
2)
si deben ser modificados como consecuencia de la
información derivada del control de su aplicación,
3)
si deben cambiarse tomando en
cuenta hechos sobrevinientes, como el lugar geográfico de su
aplicación o la integración de los equipos de trabajo.
II. MARCO JURÍDICO
1.
MARCO JURÍDICO INTERNACIONAL
En
el ámbito internacional deben mencionarse, entre
otros, los siguientes antecedentes jurídicos fundamentales:
a)
En las
Conferencias Mundiales sobre la Mujer: México1975; Copenhague
1980; Nairobi 1985, los
foros paralelos de las organizaciones no gubernamentales, los
movimientos de mujeres, propusieron que se discutiera el
problema de la violencia contra la mujer, que impide su plena
participación en la sociedad.
b)
La Convención para la Eliminación de Todas las
Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW)
es el principal instrumento jurídico en el ámbito
internacional para promover la igualdad de las mujeres, fue
aprobada en 1979 por las Naciones Unidas. Ratificada por Uruguay
por la Ley Nº 15.164 de 4 de agosto de 1981.
c)
El 20 de noviembre de 1989 es aprobada por la
Asamblea General de las Naciones Unidas, la Convención sobre
los Derechos del Niño. Establece la obligación del Estado de
proteger a los niños de todas las formas de malos tratos de
parte de padre, madre o cualquiera otra persona responsable de
su cuidado, y establecer medidas preventivas y de tratamiento al respecto.
Ratificada por Uruguay por la Ley Nº 16.137 de 28 de
septiembre de 1990.
d)
En 1992 el Comité para la Eliminación de la
Discriminación contra la Mujer, que pone en vigor la Convención
de la Mujer, Adopta la Recomendación N° 19 sobre Violencia
contra las Mujeres. Declara que la violencia contra las mujeres
es una forma de discriminación en contra de ellas.
e)
En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos,
celebrada en Viena en junio de 1993, se sentaron las bases
generales para la eliminación de la violencia contra la mujer y
se consideró a la violencia contra la mujer como una violación
de los derechos humanos.
f)
La Comisión de Derechos Humanos aprobó la
resolución 1994/45, de 4 de
marzo de 1994, en la que decidió nombrar a una Relatora
Especial sobre la violencia contra la mujer, con inclusión de
sus causas y consecuencias.
g)
En la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer,
Beijing 1995, en la Plataforma de Acción, documento básico de
la conferencia, los gobiernos manifestaron que la “violencia
contra la mujer constituye una violación de los derechos
humanos fundamentales e impide el logro de los objetivos de
igualdad, desarrollo y paz”.
h)
En 1999, la Asamblea General de las Naciones
Unidas, aprueba el Protocolo Facultativo de la CEDAW. Se trata
de un instrumento jurídico que completa la Convención al
establecer un procedimiento de comunicaciones para denunciar las
violaciones a la Convención, de parte de los Estados que los
han ratificado y reconocer la competencia del Comité de
recibirlas. En Uruguay se ratifica por la Ley Nº 17.338 de 18
de mayo de 2001.
En
el ámbito interamericano de protección de los derechos
humanos son destacables:
a)
Convención Americana sobre Derechos Humanos, suscrita en
San José de Costa Rica el 22 de noviembre de 1969. Por Ley Nº
15.737 de 8 de mayo de 1985, fue ratificada por Uruguay.
b)
Convención
Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia
contra la Mujer, aprobada en Belém do Pará, Brasil, el 9 de
junio de 1994. Incorpora el concepto de género en la definición
de la violencia contra la mujer. Aprobada en Uruguay por la Ley
Nº 16.735 de 13 de diciembre de 1995.
c)
La VII
Conferencia Regional sobre Integración de la Mujer en el
Desarrollo Económico y Social de América Latina y el Caribe
(Mar del Plata, 1994). Uno de los ejes centrales de la
conferencia fue el de la violencia contra la mujer.
.2.
MARCO JURÍDICO NACIONAL
En
1995, Uruguay, a través del artículo 18 de la Ley Nº 16.707,
de 12.7.95, reconoce como delito la Violencia Doméstica, que se
incorpora al Código Penal Uruguayo como artículo 321 bis. En
el título de delitos contra la personalidad física y moral del
hombre.
El
año 2002 marcó un punto alto en la lucha
contra la violencia doméstica, el Parlamento uruguayo
aprobó la Ley Nº 17.514 o Ley de Violencia Doméstica.
el 2 de julio de 2002.
Con
ella Uruguay dio cumplimiento al compromiso asumido en el ámbito
internacional (CEDAW) veinte años atrás y al reclamo planteado
por mujeres y hombres uruguayos durante mas de diez años,
proveniente de distintos ámbitos, con conocimiento pleno de la
significación de la violencia doméstica y de sus
consecuencias, quienes expresaron la perentoriedad de contar con
un marco legal adecuado que se transformara en el instrumento
para el efectivo ejercicio de los Derechos Humanos, violados una
y otra vez en el lugar que se supone mas seguro: el
hogar.
Además
de establecer un marco jurídico específico para la prevención
e intervención en Violencia Doméstica, cuando no constituye
delito, la Ley Nº 17.514 citada, creó en su artículo 24, el
Consejo Nacional Consultivo Honorario de Lucha contra la
Violencia Doméstica. En el marco de su competencia, una de sus
tareas fundamentales, es la elaboración del Plan Nacional de
Lucha contra la Violencia Doméstica, que, necesariamente, deber
ser intersectorial e interdisciplinario.
III.
MARCO TEÓRICO
1.
CONCEPTUALIZACION DE LA VIOLENCIA DOMESTICA
La
Violencia Doméstica es un problema multicausal; lo construyen
una diversidad de variables que debemos conocer y manejar para
su comprensión, análisis, primera intervención y tratamiento,
así como para diseñar estrategias de prevención y planes de
trabajo a nivel macrosocial.
La
Violencia Doméstica en cualquiera de sus formas y tanto en el
ámbito público como privado, constituye una violación de los
derechos humanos. Es también un obstáculo para la equidad y un
problema de justicia. Por las graves implicancias que tiene para
la salud de las víctimas debe ser considerada una prioridad
para la salud pública.
Esta
violencia se ha perpetuado y tolerado como resultado de
inequidades históricas, culturales y estructuralmente
arraigadas en las relaciones sociales y en especial en las
relaciones entre hombres y mujeres, en los diferentes ámbitos
socioculturales, económicos y políticos.
La
producción de los hechos de violencia en el ámbito familiar,
provoca que sea una realidad invisible y naturalizada; estos
aspectos se ven reforzados por los sistemas de creencias que
legitiman las relaciones abusivas dentro y fuera del hogar,
trasmitidas y reproducidas por el Sistema Social.
No
se puede intervenir para conocer o para transformar la problemática
de la violencia doméstica sin posicionarnos desde el enfoque
multicausal, donde el género y el poder son conceptos claves
para explicar y comprender este fenómeno. En ese sentido, la
violencia es uno de los mecanismos de control social que tiende
a mantener el esquema de autoridad patriarcal, sustentado en la
desigualdad de los sexos; constituyéndose en una forma de
control social legitimada. De todas formas, amparados a veces en
este supuesto, vemos que se
dan hechos violentos frente a hijos y ancianos por parte
de mujeres ,que en muchos casos son vulnerables ante el hombre
,pero tienen poder en
el hogar y se transmite la violencia de la que es objeto frente
a otro más débil, como suele ocurrir.
Una
política viable de defensa de los derechos humanos debe retomar
el tema desde una perspectiva global, apuntando a crear un
espacio de justicia que fortalezca a quienes sufren estas
situaciones a efectos de permitir la participación ciudadana y
el cambio en las relaciones de poder, así como la sensibilización
de todos los ciudadanos con el objeto de
preservar y restaurar los valores de respeto, equidad
y solidaridad que se ven avasallados por la violencia doméstica.
Es fundamental estimular la denuncia y recurrir a los
dispositivos públicos y privados para la protección del
vulnerable, que es todo un cambio en cuanto al principio tan
arraigado en los uruguayos de no meterse en lo que pasa en otra
casa. Denunciar en estos casos es proteger, y salvar incluso la
vida de alguien. Esto debe ser modificado en lo inmediato,
mediante campañas y sugerencias que lleguen a toda la
población.
Definiciones
F.
Héritier, antropóloga francesa, define a la violencia como
"... la relación en la cual se produce un empleo de la
fuerza (física, psíquica, sexual) de una persona que es más
fuerte, sobre otra, susceptible de ocasionar el terror, la huída,
el sufrimiento o la muerte de un ser humano." Toda forma de
violencia es, entonces, una violación de los derechos humanos.
El que ejerce la violencia no reconoce al otro como persona que
posee sus derechos y para él sus actos son legítimos, no se
los cuestiona. Es incapaz de ver que comete un abuso, cree que
sus actos están justificados. La violencia se asienta en
relaciones de abuso; abusar es hacer uso del otro o de los
atributos del otro, poner al otro en la categoría de objeto.
Marie France Hirigoyen, en su libro “El acoso moral, el
maltrato psicológico en la vida cotidiana” define varias
categorías de violencia que se dan en el ámbito de la familia,
la empresa y la pareja.
La
Organización Mundial de la Salud, define la Violencia como:
"El uso de la fuerza o el poder físico de hecho o como
amenaza, contra uno mismo, otra persona o un grupo comunidad,
que cause o tenga probabilidades de causar lesiones, muerte, daños
psicológicos, trastornos del desarrollo o privaciones.
La
legislación uruguaya
define la violencia doméstica como: " Toda acción u omisión,
directa o indirecta, que por cualquier medio menoscabe,
limitando ilegítimamente el libre ejercicio o goce de los
derechos humanos de una persona, causada por otra con la cual
tenga o haya tenido una relación de noviazgo o con la cual
tenga o haya tenido una relación afectiva basada en la
cohabitación y originada por parentesco, por matrimonio o por
unión de hecho"
Son
manifestaciones de violencia doméstica, constituyan o no
delito:
VIOLENCIA
FÍSICA:
Acción,
omisión o patrón de conducta que dañe la integridad corporal
de una persona.
VIOLENCIA
PSICOLÓGICA O EMOCIONAL:
Toda
acción u omisión dirigida a perturbar, degradar o controlar la
conducta, el comportamiento, las creencias o las decisiones de
una persona, mediante la humillación, intimidación,
aislamiento o cualquier otro medio que afecte la estabilidad
psicológica o emocional.
VIOLENCIA
SEXUAL:
Toda
acción que imponga o induzca comportamientos sexuales a una
persona mediante el uso de: fuerza, intimidación, coerción,
manipulación, amenaza o cualquier otro medio que anule o limite
la libertad sexual.
VIOLENCIA
PATRIMONIAL:
Toda
acción u omisión que con ilegitimidad manifiesta implique daño,
pérdida, transformación, sustracción, destrucción, distracción,
ocultamiento o retención de bienes, instrumentos de trabajo,
documentos o recursos económicos, destinada a coaccionar la
autodeterminación de otra persona.
2.
ANTECEDENTES HISTÓRICOS
Entendemos
que la Violencia Familiar es un fenómeno histórico, que no es
nuevo ni consecuencia de la vida moderna. Tiene mayor
visibilidad en el momento actual pero ha existido
durante la
historia de la humanidad.
En
la medida que los episodios de Violencia Familiar
se van haciendo públicos y su consideración trasciende el ámbito privado, se le da el lugar de un
verdadero problema
social y se concibe una intervención externa y una reglamentación
legal, para prevenirlo, para ayudar a las víctimas y sancionar
a los victimarios.
La
Violencia Familiar aparece como un problema social, como una
preocupación de
los Estados, a partir de los movimientos de denuncia realizados
por los grupos feministas así como a partir de estudios e
investigaciones académicas que empiezan a develar la magnitud
de este problema. La intervención de los movimientos
feministas, decisiva para lograr una visualización y para
llevar a la luz pública lo que se consideraba destinado únicamente
a la esfera privada, no significa que estos grupos organizados
de mujeres hayan identificado necesariamente al sexo femenino
como víctima y al masculino
como victimario. La violencia doméstica es una de las
formas perversas de manejo del poder y se ejecuta sobre todo
grupo de menor poder relativo: niños, mujeres, ancianos, inválidos,
personas en situación de extrema pobreza, refugiados, minorías
raciales o religiosas, etc.
La
lucha por los derechos de la mujer, que reconoce sus orígenes
en los primeros movimientos feministas, abre
la posibilidad de exponer el tema de la violencia
conyugal en el ámbito público. Este primer movimiento, que
adquiere su máxima expresión en la década de los 70' se
configura como avance en Latinoamérica recién en la década de
los 80'. En la década de los 60,los estudios realizados por
Ruth y Henry Kempe acerca de la realidad de los niños y niñas
victimas de maltrato en su hogar, generan un aporte sustancial
en la visibilidad de estas situaciones.
Hoy,
en la gran mayoría de los países del mundo, la violencia doméstica
o familiar es considerada un asunto de derechos humanos, esta
sancionada en los códigos penales como delito y es
socialmente repudiada.
Los
Estados han asumido responsabilidades y obligaciones a través
de las diferentes convenciones y acuerdos internacionales
suscritos.
En
nuestro país es a fines de la década de los 80 y principios de
los 90 que la Sociedad
Civil organizada a
partir de las acciones de un grupo de mujeres preocupadas por la
incidencia de la violencia doméstica en nuestra sociedad,
comienza a dar una respuesta sistemática a las víctimas de estas situaciones así como a desarrollar
acciones de sensibilización hacia la sociedad en general y
hacia el Estado en particular.
El
Estado, lentamente, comienza a involucrarse en este proceso de
visualización del problema y a tomar medidas tendientes a su
erradicación.
Un
avance fundamental para nuestro país
en materia de legislación ha sido la incorporación en
el año 1995 del
delito de Violencia Doméstica a nuestro Código Penal y en
julio de 2002 la aprobación de la Ley de Violencia Doméstica
No 17.514.
3.
CAUSAS DE LA VIOLENCIA DOMESTICA
Al
hablar de Violencia Doméstica es necesario considerar el rol de
las construcciones
socioculturales entorno a los ejes : « Género » y « Edad »,
que participan en la organización de las jerarquías
familiares, y sustentan la adjudicación de funciones, deberes y
poderes en una sociedad.
En
las situaciones de violencia doméstica existe una relación de
poder basada en la desigualdad. La asimetría de poder, por
tanto, es uno de los factores estructurales
fundamentales en la génesis de la violencia doméstica.
Sin
embargo, no basta con que exista una relación
de poder asimétrica sino que, el que detenta el poder,
lo utilice en forma abusiva.
La
asimetría de poder puede estar dada por las diferencias de
edad, de género, de conocimientos, de fuerza, dependencia económica
o por la ascendencia y autoridad que el abusador tiene
reconocidas, ya sea por su víctima o por el entorno inmediato o
comunidad.
El
uso abusivo del poder se caracteriza por tomar decisiones por el
otro, no dejándole espacios de libertad, escucha y decisión.
Se caracteriza por la imposición de la voluntad, por los deseos
y puntos de vista de quien detenta el poder, transformando al
otro en un objeto.
Es
muy importante señalar que este desequilibrio de poder en el
que se basa toda relación de abuso no siempre
es visible para un observador externo. Con frecuencia es
el producto de una construcción de significados que sólo
resulta comprensible desde los códigos interpersonales; es
suficiente que alguien crea en el poder del otro para que se
produzca el desequilibrio.
Existen
diferentes concepciones acerca de la etiología de la violencia
doméstica, pero consensuamos en que la comprensión del fenómeno
debe abordarse desde una perspectiva multicausal, donde los
factores socioculturales tienen un peso preponderante.
El
enfoque sistémico es una perspectiva teórica que nos permite
comprender y explicar los comportamientos de las personas, no a
partir de sus características individuales, sino en función de
las relaciones que esas personas establecen con sus contextos más
próximos.
El
modelo ecológico amplía el enfoque sistémico, al considerar
diferentes niveles para el análisis: nivel individual, micro
sistémico, exosistémico y macro sistémico. Para su aparición
y mantenimiento se conjugan múltiples factores, (formación
individual, características e historia personal de cada adulto,
relaciones y modos de comunicación en la familia, y de ésta
con el entorno, características socio-culturales y socio- económicas
del entorno) pero no como una simple relación causa-efecto.
Las
familias, como todo sistema abierto, están en interrelación
continua con el sistema social,
en consecuencia lo que sucede dentro de las familias es
también reflejo de lo que sucede en la sociedad. Hay una
interacción entre las familias donde se da el abuso, los malos
tratos y los factores del entorno que la facilitan.
Tanto
el abuso sexual como el maltrato físico, el psicológico y el patrimonial son abusos de poder. Un factor facilitador del
abuso de poder es la impunidad; por tanto, los contextos que
toleran y permiten, el no respeto por el otro, la deshumanización
o cosificación de los más débiles, y la impunidad son
contextos facilitadores de abuso y maltrato.
Las
creencias y construcciones culturales son un pilar central para
comprender este fenómeno. Los sistemas ideológicos de una
sociedad se van transmitiendo de generación en generación, a
través de los procesos de socialización donde la familia, la
escuela y los medios de comunicaciones juegan roles claves. La
sociedad va trasmitiendo su modo de entender las relaciones
sociales, las de género, las
intergeneracionales, el uso del poder,
la legitimación del uso de la violencia y el control de
las relaciones humanas. De esta forma se va construyendo y
sosteniendo una cultura donde el sometimiento y el abuso son
maneras de relacionarse aceptadas y justificadas.
Como
miembros de una comunidad formamos parte activa
de estos discursos, ya sea porque los formulamos o los
toleramos. Pensar la violencia doméstica integrando estos
niveles de análisis nos permite evitar posturas reduccionistas
y elaborar estrategias y planes de acción que den cuenta de la
complejidad y la intervención
de la sociedad toda en la génesis de este grave problema
social.
EFECTOS
DE LA VIOLENCIA
La
violencia doméstica limita seriamente el ejercicio de las
capacidades y libertades fundamentales
de las personas que la sufren, generando un obstáculo
sustancial para el desarrollo.
Los
efectos de la violencia doméstica son devastadores para las víctimas,
generando alto índice de aislamiento social y la incapacidad de
participar activamente en el desarrollo personal, social y
comunitario.
Implica
una relación de sometimiento y dominación cotidiana que
menoscaba toda posibilidad para las personas que lo viven de
constituirse como sujeto de derechos, provocando una pérdida
del control de sus vidas, inhabilitando la posibilidad de
incidir o tener cierta injerencia en los procesos de desarrollo
de su comunidad y/o entorno inmediato.
a)
Costos
de la violencia
La
violencia se cobra un tributo tanto humano como económico en
las naciones, y cuesta a las economías muchos millones de dólares
cada año en concepto de asistencia sanitaria, costos
legales, afectación del capital cultural y social, ausentismo y
productividad perdida, siendo los costos mas importantes la pérdida
de vidas humanas y de años de vida saludables.
Es
difícil calcular con precisión la carga que imponen todos los
tipos de violencia a los sistemas de asistencia sanitaria, o sus
efectos sobre la productividad económica en todo el mundo.
Estudios estadísticos demuestran que las víctimas de violencia
doméstica y sexual padecen más problemas de salud, generan
costos de asistencia sanitaria significativamente mayores y
acuden más a menudo a los servicios de urgencia a lo largo de
la vida que las personas que no sufren maltrato. Estos costos
contribuyen sustancialmente a incrementar los gastos anuales de
asistencia sanitaria.
La
Organización Mundial de la Salud, el 24 de noviembre de 2001,
en informe de la Secretaría, sobre Violencia y Salud, hacía pública
la información correspondiente al año 2000, de la que surge:
v
1,7 millones
de muertes en el
mundo, fueron causadas por actos de violencia.
v
Alrededor de 40 millones de niños son objeto cada
año de malos tratos y de desatención. Los adolescentes y los
adultos jóvenes son las
principales víctimas y autores de actos de violencia
interpersonal en todas las regiones del mundo.
v
Las violaciones y la violencia doméstica
representan entre el 5% y el 16% de años de vida saludable que
pierden las mujeres en edad fecunda y, según
el estudio de que se trate, entre el 10% y el 50% de las
mujeres experimentan durante su vida violencia física en manos
de su pareja. A las víctimas y victimarios o victimarias de la
violencia debe sumarse a los testigos de esos actos, que suelen
presentar trastornos del comportamiento, problemas diversos de salud y otros
síndromes.
Los
costos de las consecuencias de la violencia son enormes, no sólo
los denominados directos sino también de los indirectos y
humanos que se traducen en daños incalculables para la
estructura económica y social de las comunidades de todo el
mundo.
Los
costos directos incluyen, también,
la actividad prestada por la policía, los tribunales y
los servicios jurídicos, los costos de los servicios sociales y
de los servicios de protección de los niños, niñas y
adolescentes.
Otros
aspectos del impacto social
difíciles de cuantificar son el efecto sobre la
productividad, el empleo y el desarrollo de potencial personal.
La violencia afecta el desarrollo de habilidades y el ejercicio
de las ya presentes, disminuye la autoafirmación, la iniciativa
y la capacidad de propuesta. La consecuencia, en cada caso,
puede ser una educación disminuida, una menor participación
social, una menor oportunidad de conseguir un empleo lucrativo y
un aporte reducido a su calidad de vida y la de su comunidad.
b)
Consecuencias físicas
Las
causas de las lesiones graves, algunas de ellas con secuelas
incapacitantes, son frecuentes, y en general no detectadas en el
sistema de salud. Las personas, al consultar, aducen causas
accidentales ya que se avergüenzan y temen denunciar las
situaciones de abuso, en parte porque no saben muchas veces que
respaldo social tendrán y también por causas puntuales como el
temor al desamparo, generalmente el agresor tiene una posición
de poder económico y capacidad de decisión frente a la víctima,
que teme represalias de variada índole.
La
ocurrencia de violencia doméstica durante el embarazo fue un
factor significativo de riesgo de bajo peso al nacer, poco
aumento de peso materno, infecciones y anemia. Por su parte, la
frecuencia de embarazo no deseado y a temprana edad aumenta en
mujeres adultas y adolescentes de familias en situación de
violencia.
Algunos
autores relacionan estos problemas con la baja autoestima y con
la imposibilidad de negociar condiciones de protección
adecuadas para las relaciones sexuales. Como consecuencia de
esto es mayor también la posibilidad de contraer enfermedades
de transmisión sexual (ETS) incluido el HIV –SIDA. Esto
se vincula con una relación muchas veces perversa, no
con ninguna condicionante previa. Vemos muchas veces que la
patología del miembro dominante de la pareja condiciona el modo
de reacción de la víctima, que se siente impotente y sumida en
la confusión.
c)
Consecuencias
psicológicas
El
sufrimiento psicológico vinculado al maltrato se relaciona con
variedad de problemas de salud mental, en general de la esfera
del humor y la afectividad, en particular depresión, ansiedad,
síntomas del trastorno de estrés postraumático. Es posible
experimentar fatiga en forma crónica, trastornos del sueño,
como insomnio, pesadillas; trastornos de los hábitos
alimentarios; abuso de alcohol, drogas y/o psicofármacos.
Las
víctimas de violencia, independientemente de su estructura psíquica
anterior, suelen sufrir varios síntomas comunes,
a los cuales es muy importante además de erradicar
intentar que no vuelva a ser víctima de violencia en el futuro,
para lo que se han designado pautas que consideramos que deben
ser transmitidas e
internalizadas para poder hacer prevención efectiva de éste
problema.
d)
Reproducción
social del fenómeno
Los
adultos con antecedentes de violencia familiar en la infancia
incorporan la violencia como una pauta de comportamiento que
tienden a reproducir, configurándose así un factor de riesgo
en las relaciones interpersonales que establece. Dichas pautas
reproducen las retóricas culturales y sociales legitimadoras de
desigualdades y discriminación, naturalizando los fenómenos de
abuso, negando a la persona su identidad como sujeto de derecho.
e)
Manifestaciones
de la violencia en niños y jóvenes
Falta
de autorregulación de la conducta, bajo control de los
impulsos, agresividad y escasa capacidad de empatía, bajo
rendimiento escolar, dificultades en el relacionamiento con
pares y adultos, violencia callejera, conflictos con la ley,
consumo de drogas, sexualidad temprana, desórdenes en la
alimentación (especialmente en la mujer), trastornos
emocionales, déficit en el crecimiento físico (negligencia)
que en los casos mas graves, configuran problemas nutricionales
que puedan llevar a la muerte, patologías psiquiátricas,
aislamiento, depresión, IAE, heteroagresividad, entre otros.
5.
ESTADÍSTICAS NACIONALES
Los
estudios realizados en nuestro país dan cuenta de los
siguientes datos estadísticos:
Ø
En el 39%
de hogares uruguayos niños, niñas y adolescentes sufren algún
tipo de maltrato.15% violencia física grave, 17% violencia física
leve y 7% violencia psicológica (investigación realizada por
UNICEF-CIFRA 1999)
Ø
La
línea Azul del INAME recibió 6841 consultas por diferentes
formas de maltrato hacia niños, niñas y adolescentes en el
período de febrero de 1999 a junio de 2003.
Ø
En el
año 2001 el Uruguay perdió 66 vidas humanas por incidentes
familiares [2]que
concluyeron con la muerte intencional
de una persona en el ámbito intrafamiliar, con las
siguientes puntualizaciones:
Ø
52 eran adultos (34 mujeres y 18 hombres) y 14
menores de edad (7 niñas y 7 niños), totalizando 41 personas
del sexo femenino y 25 del sexo masculino.
Ø
La
edad mínima de las víctimas fue el momento inmediato al
nacimiento y los 84 años de edad, lo que hace a una media de
edad de 35 años y la de sus victimarios o victimarias 38.
Ø
El
lugar principal de esas muertes fue el hogar para 55 de las víctimas,
5 fallecieron en la vía pública y 6 en otros sitios. En 35
casos el medio
utilizado fue el arma de fuego, en 14 el arma blanca, en 10 los golpes, en 4 la asfixia y
en 3 las quemaduras.
Ø
Del total de víctimas el 21 % fueron menores de
edad, siendo de los niños y niñas 10 ultimados por sus
progenitores, dos por otros familiares y dos adolescentes por
sus parejas. El 78% de las víctimas presentaban especial
vulnerabilidad, sea por razones de género o por razones de
edad, constituyendo un total de 52 personas.
Ø
El Uruguay comprobó así que cada 6 días falleció
una persona, cada 9 días 1 mujer, adulta o niña, cada 12 y 1/2
1 mujer en relación de pareja, cada 14 y 1/2 1 hombre, adulto o
niño
y cada 52 días 1 hombre en relación de pareja.
Ø
Más de la mitad de las víctimas murieron durante
fines de semana y feriados, momentos en que las familias suelen
tener mayores instancias de convivencia.
Ø
Por lo menos 200 personas en el correr del año
2001 vivieron directa o indirectamente la violencia en su máxima expresión por episodios de muerte vinculados a
relaciones familiares o de relaciones de pareja, presente o
pasada.[3]
IV. SUPUESTOS
1.-
Justificación
La
ejecución de este Plan requiere de ciertos supuestos, que
explicitamos.
El
Consejo integrado por los delegados de las Instituciones que la
Ley Nº 17.514 entendió oportuno convocar, no tiene la
información y por lo tanto tampoco la posibilidad de realizar
por sí solo la aplicación correspondiente.
Los
delegados consideran necesario que el Consejo, para supervisar,
controlar y registrar los avances y los obstáculos que la
ejecución del Plan Nacional conlleve, cuente con una sede
permanente y tenga una Secretaría.
Asimismo
entienden que para tener resultados, debe lograrse una acción
coordinada entre Sociedad y Estado tal como lo dispone y señala
el Plan
Las
acciones que se prevén deberán contar con la voluntad de los
jerarcas involucrados, para que se conviertan en políticas de
Estado. También con los recursos mínimos que las acciones y el
logro de las metas, requieran.
2. Condiciones
Las
condiciones generales para el alcance de los objetivos,
actividades y resultados propuestos:
1)
Voluntad política que
habilite y garantice la implementación y ejecución del Plan
Nacional.
2)
En el
próximo Presupuesto General de Gastos e Inversiones se
disponga la asignación de los recursos humanos, materiales y
financieros requeridos por las Instituciones públicas
involucradas en la puesta en práctica y el control del Plan
Nacional de Lucha contra la Violencia Doméstica, para el desarrollo de los objetivos, metas y actividades
propuestas.
3)
Que sean previstos
en el citado instrumento legal los recursos necesarios para que
el Instituto Nacional de la Familia y la Mujer apoye a las
instituciones privadas que se comprometan en la ejecución de
los objetivos, metas y actividades propuestas así como los
mecanismos de transferencia de los fondos públicos
correspondientes
V.
PLAN NACIONAL
1.
FINALIDAD
Erradicar
las situaciones de violencia doméstica en Uruguay, promoviendo
estilos de vida saludables, caracterizados por la equidad de
trato y oportunidades, la tolerancia y el respeto en la
diversidad, para que, tanto
en el ámbito privado como en el público, se efectivice el
pleno goce de los derechos humanos de todos y todas los
habitantes de la República, a través de un trabajo articulado
entre los actores sociales y políticos, basado en objetivos
consensuados y claramente definidos que consideren a la persona
como centro de atención.
2.
OBJETIVO GENERAL
Diseñar
y gestionar políticas públicas específicas para la erradicación
de la violencia doméstica en el ámbito nacional, liderando los
procesos que garanticen la protección, prevención y promoción
de derechos
3. OBJETIVOS
ESPECÍFICOS
I.
Contribuir a la sensibilización social sobre las causas,
características, riesgos y efectos de la violencia doméstica,
en sus diversas manifestaciones, en los ámbitos políticos,
académicos, profesionales,
y a la población en general, propendiendo hacia la construcción
de una ciudadanía que conozca, garantice y defienda los
Derechos Humanos.
II.
Promover la transformación de los sistemas ideológicos
y pautas culturales asignados socialmente como modelos y roles a
hombres, mujeres, niños, adultos y adultos mayores, que
legitiman y sustentan la violencia doméstica.
III.
Capacitar los recursos humanos destinados a la
atención de la problemática de la violencia doméstica, en los
sectores públicos y privados involucrados para alcanzar su
especialización y tender a un trabajo en redes como instrumento
privilegiado para la atención de ésta problemática.
IV.
Desarrollar programas de prevención, detección
temprana, rehabilitación e investigación en el tema.
V.
Generar en cada Departamento de la República, a través
de los Consejos Departamentales con representación de las
instituciones previstas en el artículo 24 de la Ley Nº 17.514
un ámbito de convergencia, análisis de situación,
asesoramiento y consulta permanentes
en la temática.
VI.
Implementar un Registro Nacional de Información en
Violencia Doméstica que habilite criterios comunes de
relevamiento de la información disponible, el análisis
resultante y la
investigación.
4.
ACTIVIDADES
4.1.
PROMOCIÓN DE DERECHOS Y PREVENCIÓN DE VIOLENCIA DOMÉSTICA
4.1.1
Desarrollo de programas de información y sensibilización
para operadores sociales y profesionales y
campañas periódicas de sensibilización a la opinión
publica en medios masivos de comunicación.
4.1.2
Realización
una campaña anual que
promueva la equidad, la tolerancia, los derechos humanos y
condenen las costumbres y prácticas que justifican y exacerban
la violencia doméstica.
4.1.3
Desarrollo
de proyectos de trabajo con comunicadores sociales para la
adecuada administración y difusión, a través de los medios de
comunicación masiva, de
la información relativa a eventos de violencia doméstica,
evitando impactos revictimizantes o replicables.
4.1.4
Desarrollo
de proyectos
de trabajo en el ámbito cultural para introducir el tema de la
igualdad, el
respeto a la persona y la tolerancia
a la diversidad (teatro, cine, publicidad, programas de
entretenimiento, carnaval, grupos musicales, entre otros).
4.1.5
Desarrollo de programas
en centros educativos, deportivos, recreativos y culturales
dirigidos a docentes, padres, niños, niñas y adolescentes o
integrantes de los mismos para la prevención y orientación de
las situaciones de violencia
doméstica.
4.1.6
Promoción
de espacios
locales de participación ciudadana para el desarrollo de
acciones de sensibilización en derechos humanos,
de la promoción de la tolerancia, el respeto, la
prevención y contención de situaciones de violencia doméstica.
4.1.7
Inclusión
en los Programas de Extensión Universitaria de desarrollo de
actividades anuales destinadas a la sensibilización de la
población residente en el área de su intervención sobre
derechos humanos y violencia doméstica
4.2.
FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN PERMANENTE DE RECURSOS
HUMANOS
4.2.1
Inclusión en la curricula y en los planes de
formación de grado el tema de la violencia doméstica desde una
perspectiva de derechos humanos y género.
4.2.2
Impulso
del diseño de Cursos para Graduados y de Post Grado del carácter
multidisciplinario que comprometa a las áreas temáticas de
mayor involucramiento en el abordaje y resolución de las
situaciones de violencia doméstica.
4.2.3
Formación
e incorporación de
especialistas en violencia doméstica con una perspectiva
eminentemente forense, con conocimientos de su rol en el marco
del proceso previsto por la Ley 17.514 y de los fundamentos
deontológicos de su intervención.
4.2.4
Desarrollo de programas de capacitación permanente
en violencia doméstica dirigido a operadores sociales de la más
amplia gama de las
instituciones públicas y privadas que tengan relación con la
materia.
4.3. ABORDAJE EN CRISIS, ATENCIÓN, TRATAMIENTO, REHABILITACIÓN
4.3.1
Desarrollar
programas de atención
integral a las víctimas y personas violentas con altos noveles
de coordinación y articulación intersectorial que garanticen
la efectividad de la intervención.
4.3.2
Determinar
pautas precisas para la atención
de la Violencia Doméstica desde todos los sectores con
capacidad de intervención, que abarquen los distintos niveles
de abordaje ( prevención, promoción, detección, diagnóstico
precoz, tratamiento y rehabilitación).
4.3.3
Creación de
respuestas alternativas para la atención de víctimas de
violencia doméstica que tengan como principal objetivo la
protección inmediata en los casos de violencia extrema y riesgo
para su vida o su integridad asegurando las soluciones
habitacionales correspondientes
4.3.4
Promover
programas de rehabilitación para
personas autoras de violencia que integren enfoques específicos
en función de las categorías de la violencia ( violencia
conyugal, hacia niños, niñas y adolescentes, adultos, adultos
mayores).
4.3.5
Ampliación
de la
cobertura y atención de las situaciones de violencia doméstica
optimizando los niveles de articulación entre
servicios y entre los
sectores público y privado, incrementando el número de
equipos o servicios que den respuestas a esta problemática
especialmente en el interior del país
4.3.6
Organizar
desde el sector salud, equipos de atención preparados en
el tema e integrados en red con otros recursos sociales
existentes a escala nacional.
4.3.7
Conformar
desde el sector educación, equipos con
preparación para detectar y
actuar ante situaciones de violencia doméstica que se
presenten en los centros educativos.
4.3.8
Ampliar desde el
sector policial, el número de equipos con
preparación para detectar y
actuar ante situaciones de violencia doméstica.
4.3.9
Crear
sedes judiciales especializadas, con disponibilidad de
recursos humanos y materiales, defensorías de oficio con
especialización respecto a la atención de victimas y
victimarios y equipos técnicos de asesoramiento directo al
Magistrado para cada Sede Judicial con competencia en temas de
violencia doméstica.
4.3.10
Crear
Juzgados en el interior de la República, desarrollándose una
política de fomento de los recursos locales, pudiendo ser una
alternativa la regionalización de determinados recursos.
4.4. ARTICULACIÓN
DE ACCIONES Y TRABAJO EN RED
4.4.1
Instalación en cada Departamento de Comisiones
Departamentales o regionales con integración de los sistemas
educativo, de salud, policial, judicial y
la sociedad civil organizada.
4.4.2
Promoción de la creación de redes locales con la más
alta participación de la población y de las organizaciones
sociales.
4.43.
Fortalecimiento de los canales de comunicación entre
localidades apoyándose en los canales habituales o
tradicionales.
4.44.
Búsqueda de estrategias que potencialicen los recursos
existentes para el abordaje del tema de violencia doméstica.
4.45.
Promoción
de una política equitativa que tenga en cuenta las
necesidades dispares a nivel
regional y departamental.
4.5.
SISTEMA DE INFORMACIÓN SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN CONTINUA
4.5.1.
Establecimiento de criterios comunes y diseño de un
sistema único de registro y análisis de la información completa,
coherente y comparable.
4.5.2.
Creación de un sistema de indicadores consensuados para
el registro, seguimiento y evaluación.
4.5.3.
Creación de un Banco de Datos Intersectorial en
Violencia Doméstica
4.6
IMPLEMENTACION
Primera
Fase: Validación
Institucional, Interinstitucional y Social
Año:
2004
- Las instituciones que
participarán en la ejecución de las acciones previstas en
el Plan Nacional, elaborarán los consensos necesarios y
realizarán los ajustes que habiliten la efectiva aplicación
en el ámbito interno.
- Se concretarán las
instancias de coordinación interinstitucional específicas
para aquellas acciones del Plan Nacional que así lo
requieran.
- El Consejo Nacional
Consultivo procederá a elaborar, en conjunto con las
instituciones referidas, la estrategia nacional que permita
la más amplia difusión de los contenidos del Plan
sus objetivos y las acciones comprometidas.
- El Consejo Nacional
Consultivo, con la cooperación de las instituciones
involucradas, utilizará todos los medios posibles para que
se incorpore la mayor cantidad
de actores sociales y comunitarios a nivel nacional y
local.
- El Consejo Nacional
Consultivo generará las acciones necesarias para relevar
las necesidades presupuestales que cada institución
requiere para cumplir con los objetivos y acciones previstas
en el Plan Nacional.
- El Consejo Nacional
Consultivo pondrá en conocimiento de todos los Partidos Políticos
con representación parlamentaria, las necesidades concretas
que deberán ser contempladas en el próximo Presupuesto
Nacional 2005 –2010 a efectos de alcanzar una Política de
Estado en la materia.
- Se instalará los
Consejos Consultivos Locales en todo el país que faciliten
la participación al más alto nivel, en coordinación
permanente con el Consejo Consultivo Nacional.
Segunda
Fase: Desarrollo de Programas y Proyectos
Año
2004: Diseño
Año
2005 - 2010: Implementación
- Diseño e implementación
de los Programas y Proyectos de Promoción de Derechos y
Prevención de Violencia Doméstica a nivel nacional y
local, priorizando las acciones con los Medios de Comunicación,
Comunicadores Sociales, así como con todos los Agentes de
los ámbitos cultural, educativo y social.
- Diseño e implementación
de los Programas de Capacitación y Formación
Permanente en las áreas estratégicas de transformación de
los modelos culturales y en aquéllas directamente
vinculadas en las acciones específicas.
10.
Actualización del relevamiento de los Servicios
existentes para el Abordaje en Crisis, Atención, Tratamiento y
Rehabilitación de personas en situación de violencia.
- Diseño y elaboración de
Programas integrales de Atención en Crisis, Tratamiento y
Rehabilitación de conformidad con cada Sector de intervención.
- Generación de Instancias
Interinstitucionales de puesta en común de las metodologías
de abordaje en aplicación, a efectos de construir pautas
consensuadas.
- Elaboración de
Protocolos que contengan pautas mínimas de uso, común para la intervención a todos los niveles en el área pública
y privada.
- Diseño del Sistema de
Información y Registro.
- Diseño de un sistema de
indicadores y otro
de evaluación
permanente
4.7
RESULTADOS ESPERADOS
Durante
la etapa de Validación Institucional, Interinstitucional y
Social.
- Al finalizar el primer año
de aprobado el Plan Nacional se cuenta con los
consensos necesarios instrumentados.
- Al finalizar el primer año
se realizan por lo menos una instancia de difusión del Plan a nivel
nacional y cinco de carácter regional.
- Al finalizar el año 2004
el Consejo Nacional
Consultivo cuenta con los Consejos Departamentales
constituidos y funcionando.
- Durante el primer
semestre del año 2004 el Consejo Nacional Consultivo
mantuvo entrevistas con todos los actores políticos con
representación parlamentaria quienes cuentan con la
especificación de las necesidades presupuestales que
plantea la ejecución del Plan.
Respecto
a Promoción de Derechos y Prevención de Violencia Doméstica
durante la fase de Desarrollo de Programas y Proyectos.
- En el primer año
siguiente a la aprobación del Plan Nacional, por lo menos 4
Organismos Estatales difunden un mensaje de contenido
positivo respecto a situaciones de Violencia Doméstica.
- Se concreta, además, por
lo menos una adhesión anual del Sector Privado.
- Durante el proceso de
ejecución del Plan Nacional se desarrolla una campaña
nacional de promoción de la equidad, tolerancia y derechos
humanos.
- Se cuenta con la Guía
editada y distribuida en todos los Departamentos de la República.
- Durante la ejecución del
Plan Nacional el 20% de los Medios de Comunicación dedican
20 minutos mensuales gratuitos de su programación
destinados a la difusión de eventos de prevención de la
violencia doméstica.
- Al finalizar la ejecución
del Plan el 30% de los Medios de Comunicación elevan a 30
minutos mensuales gratuitos mensuales gratuitos de su
programación destinados a la difusión de eventos de
prevención de la violencia doméstica.
- Durante el Desarrollo de
Proyectos se diseña un Proyecto Cultural que involucra por
lo menos a tres áreas de expresión de diferente
naturaleza.
- Durante la ejecución del
plan los Centros involucrados cuentan con una línea de base
de información y un sistema de monitoreo incorporado a sus
respectivos proyectos.
- Al finalizar la ejecución
del Plan Nacional se dispone de un análisis
cuali-cuantitativo de la experiencia y se cuenta con un
informe de replicabilidad de la propuesta.
- Durante la ejecución se
incorporan nuevos Centros Educativos, Deportivos,
Recreativos y Culturales de todo el país a actividades de
difusión y prevención.
- Anualmente, se
desarrolla, como mínimo,
una actividad de extensión universitaria con
participación de por lo menos dos Facultades.
Respecto
a la formación y capacitación permanente de Recursos Humanos
durante las etapas de Desarrollo de Programas y Proyectos.
- Durante la ejecución del
Plan Nacional se incluye la violencia doméstica como eje
temático en los respectivos planes de estudio de grado y
post grado en las cuatro áreas consideradas básicas.
- Durante la ejecución del
Plan Nacional se realizan anualmente por lo menos un evento
departamental de capacitación en los que participan un mínimo
de 25 operadores sociales y agentes locales, ampliándose
progresivamente el número de participantes hasta alcanzar
por lo menos 100 multiplicadores.
Respecto
al Abordaje en Crisis, Atención, Tratamiento y Rehabilitación durante las etapas de
Desarrollo de Programas y Proyectos.
- Al finalizar la etapa de
diseño se cuenta con un protocolos consensuados y probados
a través de experiencias piloto para la atención de la
violencia doméstica.
- Durante la ejecución se
incorporan las pautas alcanzadas en Protocolos de Intervención
de uso obligatorio para los distintos actores, públicos y
privados.
- Durante la ejecución del
Plan Nacional se cuenta con más de una respuesta
alternativa implementada para la protección inmediata en
situaciones de violencia extrema.
- Durante la ejecución del
Plan Nacional se cuenta con por lo menos cuatros programas
regionales de rehabilitación para las personas autoras de
violencia.
Respecto
de Articulación de Acciones y Trabajo en Red durante la fase de
Desarrollo de Programas y Proyectos.
- Durante la fase de
Desarrollo de Programas y Proyectos los Consejos
Departamentales cuentan con un Plan definido de acciones a
nivel local.
- Durante la fase de
Desarrollo de Programas y Proyectos los Consejos
Departamentales han identificados las redes existentes o, en
su ausencia, promovido la formación de por lo menos una que
pueda articular la ejecución de las acciones definidas en
el Plan Local.
Respecto
a Sistema de Información, Seguimiento y Evaluación durante la
fase de Desarrollo de Programas y Proyectos.
- Durante la etapa de
Desarrollo de Programas y Proyectos todos los Organismos con
representación en el Consejo Nacional Consultivo alcanzan
consensos relativos a la aprobación de un modelo de
relevamiento de información, seguimiento y evaluación
y acuerdan su efectiva utilización.
- En el tercer año de
ejecución del plan el Consejo Nacional Consultivo ha
conseguido financiamiento para la adquisición del soporte
informático básico para la implementación del Sistema de
Registro.
- Durante la ejecución del
Plan Nacional los operadores involucrados en la integración
del Consejo Nacional Consultivo utilizan la ficha de
Registro diseñada en base a los
criterios uniformizados e indicadores consensuados.
- Al finalizar el primer año
de ejecución del Plan Nacional se cuenta con información
sistematizada originada en el Banco de Datos Intersectorial.
4.8
RESPONSABLES:
Consejo Nacional
Consultivo
En su informe anual, el CNC hará una evaluación del
cumplimiento de las responsabilidades que este
Plan adjudica a los diferentes actores.
Sin perjuicio de lo anterior el Consejo, cuando
corresponda, formulará las recomendaciones que sean necesarias
para incentivar el cumplimiento de los objetivos y metas de este
Plan.
VI.
CONSEJO NACIONAL CONSULTIVO DE LUCHA
CONTRA LA VIOLENCIA DOMESTICA
INTEGRACIÓN:
El
Art. 24 de la Ley N° 17.514 creó en la órbita del Ministerio
de Educación y Cultura el Consejo Nacional Consultivo de Lucha
contra la Violencia Doméstica, que a partir del 25 de noviembre
de 2002, día Internacional de la No Violencia Contra la Mujer,
en acto presidido por el Ministro Dr. Leonardo Guzmán, quedó
integrado por:
Ø
Sra.
Anamaría Balparda Directora del Instituto de la Familia y de la
Mujer, en representación del Ministerio de Educación y
Cultura, quien presidirá el Consejo. Alterna Dra. Martha
Montedónico.
Ø
Sr.
Ministro de la Suprema Corte de justicia, Dr. Roberto Parga
Lista, en representación del Poder Judicial. Alterno el Sr.
Ministro del Tribunal de Apelaciones de Familia, Dr. Ricardo Pérez
Manrique.
Ø
Inspectora
Principal Dra. Graciela López en representación del Ministerio
del Interior. Alterna Comisario Inspector Ps. Cristina Domínguez.
Ø
Dra.
Cristina Noceti, en representación del Ministerio de Salud Pública.
Alterna Ps. Verónica Somma.
Ø
Sra.
Directora Dra. Stella López en representación del Instituto
Nacional del Menor. Alterna Sra. Reneé Bentancor.
Ø
As.
Mariela Mazzotti, en representación del Congreso Nacional de
Intendentes. Alterna Ps. Isabel Soto.
Ø
Sra.
Consejera de Educación Primaria Mtra. Gladys Pérez Coirolo, en
representación del la Administración Nacional de Educación Pública.
Alterna Lic. Carmen Alvarez.
Ø
Lic.
Carmen Beramendi, Sra. Andrea Tuana y Sra. Ana María Nocetti en representación de la Asociación
Nacional de Organizaciones No Gubernamentales.
VII.
ANEXOS
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