Guia Ciudadana CAPITULO III El conocimiento de los procedimientos internos del Banco Mundial sobre la forma en que estudia, aprueba, supervisa, controla y evalúa los préstamos que otorga resulta de vital importancia. A partir del conocimiento de los mismos, de sus exigencias de información a la opinión pública, de instancias de participación, de estudio de los eventuales impactos sociales y ambientales que tendrán los proyectos financiadas por el Banco, derivan en gran medida las posibilidades de reformar u oponerse a dichos proyectos. Es importante destacar que gran parte de las relativamente nuevas exigencias del Banco para aprobar un préstamo han sido en gran medida resultado de las exigencias y presiones de Organizaciones No Gubernamentales, movimientos sociales y ecologistas y ciudadanos críticos de la política del Banco. Además de haber dispuesto la creación de un Grupo de Inspección Independiente (compuesto por tres miembros), cuya misión es investigar situaciones en las que el Banco ha lesionado derechos e intereses por no haber cumplido con sus propias políticas y procedimientos, éste ha implementado una nueva política de información pública a partir de agosto de 1993. Esta nueva política informativa del Banco lo compromete a brindar detalles sobre las características de los proyectos y sus eventuales impactos sociales y ambientales a aquellas personas y organizaciones que así lo soliciten, por considerar que dichos proyectos tendrán un impacto en sus condiciones de vida y/o en el medio en el que residen. De acuerdo a la nueva política de información, el Banco es ahora más abierto con respecto a sus documentos y se compromete a alentar a los gobiernos prestatarios a que den la mayor información posible sobre proyectos y programas del Banco, como forma de facilitar el aumento de la participación local en la adopción de decisiones. Los tres cambios más interesantes alcanzados con esta nueva orientación, establecida en el documento Procedimientos del Banco 17.50 (BP 17.50), son:
El ciclo de los proyectos y pautas ambientales Como en toda institución gigantista y jerárquica de las características del Banco Mundial, un préstamo no se decide mediante un mero trámite administrativo. Antes al contrario, la aprobación de un financiamiento para un proyecto recorre diversas etapas en las que se incluyen consideraciones de tipo económico, financiero, ambiental y en algunos casos, de impactos sociales. El Banco ha elaborado una serie de directrices operacionales (OD por su sigla en inglés) para sus propios funcionarios, a las que estos deben remitirse a lo largo del ciclo del proyecto. Las mismas están numeradas y se refieren a diversas áreas de inversión en las cuales suelen incursionar los proyectos del Banco: presas y embalses, recursos hídricos, gestión de plagas agrícolas, mujeres, pueblos indígenas, bosques, energía, etc. Las etapas por las que transcurre un proyecto constituyen el llamado ciclo del proyecto y en cada una de las mismas la población dispone de distintas instancias de información y (y en algunos casos de participación), dispuestas por el propio Banco. A la vez, el conocimiento de la etapa en la que se encuentra un proyecto resulta de vital importancia para definir estrategias orientadas a la modificación o suspensión de un proyecto por carriles informales (campañas, cabildeo, etc.). Todo proyecto atraviesa seis etapas (ver figura 3): Falta Figura 3: El Ciclo de los proyectos y pautas ambientales
Falta cuadro 2 Una vez identificado el proyecto, el mismo debe ser notificado y aparecer en un documento llamado "Monthly Operational Summary" (ver capítulo V), en el que se indica la cifra del préstamo propuesto, una breve descripción del proyecto, si se prevé la necesidad de servicios de consultoría y, finalmente en que etapa del ciclo se encuentra. La misma información está también disponible en Internet en las páginas Web del banco (ver capítulo V) y en una publicación quincenal de las Naciones Unidas llamada "Development Business", que brinda información suplementaria (obviamente dirigida a las empresas que podrían beneficiarse del proyecto), pero que también puede resultar de gran utilidad para las ONGs. Dicha publicación se vende por suscripción anual (US$495) y se la puede solicitar a: Development Business, United Nations, G.CP.O.Box 5850, New York, NY 10163-5850, EEUU.
Proyectos que afectan a pueblos indígenas En su Directriz Operacional 4.20, el Banco Mundial establece las políticas y procedimientos a los que se deben ajustar los proyectos financiados por el Banco que involucren derechos, tierras o desplazamientos de pueblos indígenas. Demás está aclarar, que los proyectos que involucren a comunidades indígenas deben seguir, para su aprobación, el ciclo normal que siguen todos los demás proyectos, así como las exigencias suplementarias que aquí se especifican. En cualquier caso, a lo largo de todo el ciclo de los proyectos existen disposiciones relativas a los pueblos indígenas que deberán cumplirse en cada una de las fases del mismo. Las más destacadas son las siguientes: En la etapa de identificación, el personal del Banco Mundial deberá informar al gobierno prestatario sobre la política del Banco en relación a los pueblos indígenas si se considera que ésta puede tener alguna relevancia en el proyecto. El jefe del proyecto, en consulta con la División Regional de Medio Ambiente para el área geográfica en cuestión, "deberán señalar los temas relativos a pueblos indígenas y la estrategia a seguir a lo largo de todo el proyecto" en el informe que deben presentar al final de esta etapa, llamado "Resumen Inicial Ejecutivo del Proyecto" (IEPS por su sigla en inglés). El informe debe destacar los potenciales impactos ambientales y sociales del proyecto. Por tanto, cualquier impacto de posibles reasentamientos de comunidades o poblaciones debe ser identificado en esta etapa inicial En la etapa de preparación, el Banco deberá proveer asistencia técnica, como la que pueden proporcionar antropólogos y ONGs especializadas en asuntos indígenas para "identificar mecanismos con vistas a una efectiva participación y a ofrecer oportunidades de desarrollo local" para los pueblos indígenas. Particularmente en proyectos que afecten los derechos de propiedad de grupos indígenas, el Banco "deberá trabajar en conjunto con el gobierno prestatario para aclarar las etapas a cumplirse para asegurar que la tenencia de la tierra será regularizada lo antes posible". Si en la etapa de identificación se han previsto reasentamientos o desplazamientos de poblaciones indígenas, será en esta etapa que deberán establecerse las estrategias para concretarlos, así como establecer los costos de los mismos y contarlos "como gasto que deberá ser deducido de los beneficios económicos del proyecto que ha causado el reasentamiento" (Directriz Operacional 4.30). Si ha sido identificado un plan de desarrollo para los pueblos indígenas, será en la etapa de evaluación inicial que se deberá evaluar la adecuación del plan y la capacidad del gobierno prestatario para implementarlo. Una condición insustituible, establecida en la Directriz Operacional 4.30, es que en esta etapa el gobierno prestatario suministre al Banco un plan de reasentamiento con fechas concretas y un presupuesto coherente con la política del Banco. La misión de evaluación inicial del Banco deberá determinar, entre otros asuntos, si el plan de reasentamiento de las poblaciones es adecuado y "si existe la capacidad de minimizar los sufrimientos humanos de un reasentamiento involuntario, así como la gestión que hará el gobierno prestatario de estos problemas". Todos los planes y su implementación para mitigar los impactos que sobre los pueblos indígenas tengan los proyectos financiados por el Banco Mundial, serán objeto de las negociaciones y serán incorporados a los documentos del préstamo que se firmen en la etapa de la negociación. En las dos etapas finales del ciclo (implementación/supervisión y evaluación) no existen especificaciones sobre las poblaciones indígenas que merezcan destacarse, a excepción de que en el Informe Final del Proyecto (PCR) deberá "evaluarse el reasentamiento y su impacto en los niveles de vida de los reasentados y en la "población huésped". Los principios establecidos en la OD 4.20 sobre pueblos indígenas datan de setiembre de 1991, por lo que puede decirse que son relativamente nuevos. Por lo demás, serán usados como modelos para las políticas que llevarán adelante los tres bancos regionales de desarrollo (el Banco Asiático de Desarrollo, el Banco Africano de Desarrollo y el Banco Interamericano de Desarrollo). Según esta OD, la misma "provee una guía para a) asegurarse que los pueblos indígenas se beneficiarán de los proyectos de desarrollo y b) superar o mitigar potenciales efectos adversos sobre los pueblos indígenas causados por las actividades financiadas por el Banco. Se requerirá una atención especial en aquellos casos en donde las inversiones del Banco afecten a pueblos indígenas, minorías tribales y étnicas u otros grupos cuyo status económico o social restrinja sus capacidades de defender sus intereses y derechos sobre la tierra y otros recursos productivos". Estas garantías han sido a menudo invocadas cuando los proyectos del Banco estaban específicamente dirigidos a dichos pueblos indígenas, es decir, programas de asesoramiento técnico para aumentar su capacidad de participación en proyectos de desarrollo o ambientales. Más difícil, sin embargo, es la aplicación de esta política cuando se trata de préstamos del Banco no orientados a pueblos indígenas, pero que estos visualizan como portadores de un impacto potencialmente negativo para sus pueblos, sociedades o territorios. En todo proyecto de inversión del Banco Mundial que afecte a pueblos indígenas, el gobierno prestatario "debe reparar un plan de desarrollo de pueblos indígenas", coherente con las directivas del Banco. Cualquier proyecto que afecte a una comunidad indígena deberá incluir componentes o previsiones que incluyan un plan de ese tipo. Entre los requisitos más importantes para un exitoso plan de desarrollo que afecte a pueblos indígenas, la OD 4.20 cita:
La OD 4.20 exige que los planes de desarrollo para los grupos indígenas sean preparados en conjunto con el proyecto central del Banco. La Directiva Operacional aclara que "un plan adecuado de protección de los derechos indígenas requerirá la implementación de proyectos especiales, que pueden descartar la realización de los objetivos primarios del proyecto". Por más información al respecto, se recomienda la "Guía ciudadana sobre los bancos multilaterales de desarrollo y los pueblos indígenas: el Banco Mundial", de Cindy Buhl, publicada por el Bank Information Center. La misma puede ser solicitada al Bank Information Center o a Red-Bancos. |
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