Audiencias Públicas y conflictos sociales
Alain Santandreu
Las
formas de participación ciudadana en los temas públicos se encuentran en
debate en Uruguay. La realización de una serie de Audiencias Públicas por
temas ambientales demuestra las potencialidades pero también las dificultades
que encierra esta particular forma de participación ciudadana.
Muchas
organizaciones sociales y grupos ciudadanos de Uruguay se encuentran preocupados
por la falta de procesos participativos que permitan que su opinión sea
considerada por las autoridades a la hora de gestionar recursos o aprobar
proyectos que, a su juicio, ocasionan o pueden ocasionar graves impactos. Su
preocupación se fundamenta en una premisa: asegurar que existan mecanismos
participativos para que los posibles beneficiarios no se transformen en seguros
damnificados.
En
varios países de América Latina y el Caribe existen distintos mecanismos de
participación ciudadana que buscan generar espacios de encuentro, control y
gestión participativa en los temas públicos. En Bolivia, con la promulgación
de la Ley de Participación Popular (Ley N░ 1.551) las comunidades tienen
la capacidad de proponer, pedir, controlar y supervisar la realización de obras
y la prestación de servicios en educación, salud, deporte, saneamiento básico,
microrriego, caminos vecinales y desarrollo urbano y rural, promoviendo acciones
relacionadas a la gestión y preservación del medio ambiente y el desarrollo
sostenible. En Brasil, la alcaldía de Porto Alegre elabora el Presupuesto
Participativo integrando en un proceso de discusión anual a diferentes sectores
organizados de la sociedad civil. Esta experiencia iniciada en porto Alegre se
ha ido extendiendo a otras ciudades generando instancias de información pública
y mecanismos de debate, compromiso y control ciudadano sobre la labor estatal.
Las consultas urbanas realizadas en ciudades como Maraguape (Brasil), Cap
Haitien (Haití), Quito (Ecuador) o Puerto Cortés (Honduras) son ejemplos de
mecanismos que persiguen la construcción de procesos de gobernabilidad
participativa.
En
este panorama, resulta llamativo el retraso que presenta Uruguay en la adopción
de instrumentos modernos y efectivos que le permitan a la administración
recabar la opinión de la sociedad, generando procesos sustantivos de
participación y control en la gestión de los temas públicos. Seguramente esto
se deba, entre otras causas, a las particularidades que presenta tanto el Estado
como la sociedad civil. A los frenos propios del Estado uruguayo como el
encauzamiento administrativo, la exigencia de la prueba técnica, la legitimación
condicionada o la contaminación partidaria (Santandreu y Gudynas, 1996) debe
agregársele la heterogeneidad propia de la sociedad civil, que presenta ritmos,
mecanismos y formas de expresión sustancialmente distintos a los del Estado.
La
heterogeneidad de la sociedad civil
Abordar
la participación ciudadana requiere comprender la diversidad interna de la
sociedad civil. Allí coexisten actores provenientes de ámbitos académicos
como por ejemplo la Universidad o consultoras; con
asociaciones civiles sin fines de lucro (ONG) y grupos ciudadanos.
Desde
el punto de vista de su relación con el Estado, y pese a demandar mayores
espacios de participación, los ámbitos académicos cuentan con mecanismos de
diálogo y frecuentemente son considerados por el Estado en sus políticas públicas.
Esto se debe entre otros factores, a su alto nivel de formalización, su
capacidad de lobby y al valor asignado a la ciencia en nuestra cultura social y
política.
Aunque
con más dificultades, las ONG están participando en forma creciente en la
gestión de temas públicos referidos básicamente a infancia, niñez y
ambiente, aunque demandan la creación de nuevas formas de participación que no
se limiten a la gestión permitiendo incorporar su punto de vista en el diseño
de las políticas públicas. Al igual que los ámbitos académicos, las ONG se
encuentran formalizadas, poseen personería jurídica, cuentan con personal
rentado, mantienen una estructura estable y continuidad en su trabajo.
Sin
embargo, para los denominados grupos ciudadanos la situación es bien distinta
ya que generalmente carecen de respaldo legal desarrollando su trabajo en forma
voluntaria y, en muchos casos, discontinua. Si bien realizan acciones
propositivas, buena parte de estos grupos surgen a partir de acciones reactivas
(protestas ambientales, por seguridad ciudadana o accidentes de tránsito, por
citar sólo algunos ejemplos) lo que determina tanto su forma de organización
como las características de su accionar, apelando frecuentemente “a prácticas
nuevas y a estructuras organizativas para nada corrientes, que el Estado todavía
no ha podido formalizar” (Santandreu y Gudynas, 1997a). Pero a diferencia de
otros actores sociales, los grupos ciudadanos conocen las dinámicas locales y
los valores sociales, históricos y culturales predominantes en los lugares en
los que habitan. Sin embargo, al realizar valoraciones sociales y no técnicas
sus puntos de vista suelen ser ignoradas por las administraciones a las que le
resulta difícil traducir juicios, valoraciones y opiniones en datos posibles de
ser evaluados.
Reconocer
esta heterogeneidad resulta clave a la hora de buscar espacios de encuentro
entre la administración y la ciudadanía que permitan mejorar las decisiones
finales disminuyendo o incluso evitando la irrupción conflictos. Por este
motivo, la diversidad propia de la sociedad civil debería ser vista como una
característica potenciadora de los procesos, rica en opiniones y plural en sus
puntos de vista y no como un obstáculo a la gestión de los temas públicos.
Las
distintas formas de participación ciudadana
La
modorra uruguaya parece sacudida por grupos ciudadanos que protestan pidiendo
ser escuchados o reclamando nuevos mecanismos de participación. Algunas muy tímidas,
como las reuniones de las Juntas de Riego, y otras tumultuosas, cono sucedió
semanas atrás en San Jacinto al analizar la posible instalación en la zona de
una planta incineradora de desechos hospitalarios, son ejemplos que demuestran
el creciente interés ciudadano por participar.
Recientemente
algunos organismos públicos han comenzado a convocar a las organizaciones
sociales para que expresen sus puntos de vista. Estas consultas han asumido
distintas formas que van desde reuniones puntuales a procesos que se extienden
en el tiempo. Pero la existencia de instancias y mecanismos de consulta pública
no aseguran que la opinión ciudadana sea tomada en cuenta, ya que, en muchos
casos, tanto el tipo de reunión que se convoca como el proceso previo a la
misma no aseguran una efectiva participación social.
En
este sentido, no debemos confundir “instancias de consulta” con “procesos
de participación ciudadana”. Las instancias de consulta generalmente se
reducen a encuentros desarrollados en un único momento en los que la
administración le pide a la ciudadanía su opinión sobre los aspectos que
desea evaluar. Estas instancias generan una participación puntual y
desordenada, en la que se mezclan valoraciones, dudas y propuestas. Por su
parte, los procesos toman en cuenta los distintos momentos de la participación
ciudadana, así como su heterogeneidad, generando mecanismos de acceso público
a la información que democratizan el conocimiento permitiendo que las
comunidades locales puedan mejorar sus opiniones.
Debemos
distinguir las distintas formas de participación ciudadana que comienzan a
desarrollarse en nuestro país. En el último tiempo, tanto el gobierno nacional
como algunas intendencias han apelado a un tipo particular de participación que
denominamos participación testimonial, un mecanismo por el cual los actores
sociales son convocados a integrar comisiones en las que el Estado mantiene la
potestad de la resolución final, buscando, por esta vía, legitimar su
accionar. Otro mecanismo que representa una participación ciudadana mayor a la
superficial es la participación
consultiva por el cual la administración pública inicia una instancia de
consulta con diferentes sectores de la sociedad enfatizando la necesidad de
lograr la explicitación de los distintos puntos de vista ciudadanos. Una
diferencia importante con el tipo anterior, es la posibilidad real que aquí
existe de modificar las políticas puestas a consideración. Sin embargo, la
mayor parte de las veces, tanto la dinámica como los mecanismos impulsados son
dispuestos desde el Estado, bajo su propia lógica y con su propio ritmo
generando desconfianzas, recelos y muchas veces frustración entre los
convocados (Santandreu y Gudynas, 1997a).
Mientras
que la participación superficial es limitada y condicionada, la participación
profunda apuesta a procesos interactivos, dónde todos toman parte
intercambiando sus saberes, actuando juntos, reconociendo al otro en su
individualidad, y al grupo en su autonomía (Gudynas y Evia, 1992; Santandreu y
Gudynas, 1997a).
Una
forma particular de participación ciudadana que ha comenzado a desarrollarse
recientemente en nuestro país son las Audiencias Públicas. Examinemos primero
sus objetivos y modo de funcionamiento para discutir luego su eficacia tomando
como ejemplo las Audiencias Públicas convocadas para temas ambientales.
Las
Audiencias Públicas
Las
Audiencias Públicas son espacios de encuentro entre los ciudadanos y quienes
tienen la responsabilidad de tomar las decisiones. Buscan incorporar el punto de
vista, deseos y conocimiento de las comunidades locales como modo de mejorar la
información con que cuentan quienes deben tomar las decisiones. Las Audiencias
Públicas persiguen como principal objetivo lograr el involucramiento de las
personas en la gestión de los temas públicos, asegurándoles un mayor nivel de
información y espacios para expresar sus puntos de vista (Sabsay. 1993; Sabsay
y Tarak. 1995; Santandreu y Gudynas. 1998). Pueden ser eventos puntuales o
formar parte de procesos de consulta ciudadana, siendo convocadas tanto por la
administración pública como por organizaciones de la sociedad civil.
Existen
experiencias de convocatoria a Audiencias Públicas para el nombramiento de
jueces, directores de entes públicos, etc. Por ejemplo, la Constitución de la
Ciudad de Buenos Aires (Argentina), en su Artículo 63, establece la
convocatoria de Audiencias Públicas para que la autoridad encargada de tomar
una decisión administrativa o legislativa escuche las opiniones, sugerencias,
críticas y propuestas de los ciudadanos interesados, buscando mecanismos que
permitan mejorar la decisión final, obteniéndose mayor legitimidad mediante la
más amplia publicidad y transparencia. En Brasil, la reglamentación del
Consejo Nacional de Medio Ambiente (CONAMA) establece en su Artículo 11 la
posibilidad de convocar Audiencias Públicas "para información sobre el
proyecto y sus impactos ambientales y discusión del Informe de Impacto
Ambiental". También existen experiencias de Audiencias Públicas
convocadas por ONG como es el caso de la ciudad de Puerto Madryn (Argentina),
donde la Fundación Ambiente y Recursos Naturales impulsó, junto a la
municipalidad, una experiencia de convocatoria a Audiencias Públicas para
facilitar la participación ordenada de la comunidad en los procesos de toma de
decisiones ambientales en el ámbito local.
Las
Audiencias Públicas en nuestra legislación
Nuestra
legislación incorpora las Audiencias Públicas como parte del proceso de
Evaluación de Impacto Ambiental (Artículo 16 del Decreto 435/94). La
reglamentación establece su carácter consultivo, siendo responsabilidad del
Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (MVOTMA)
convocarlas cuando considere que “el proyecto implica graves impactos de orden
cultural, social o ambiental”.
Las
opiniones vertidas en el desarrollo de la Audiencia Pública son consideradas
por la administración como insumos en su proceso de toma de decisiones. En el
transcurso de la misma, los distintos puntos de vista son recogidos por escrito
y elevadas a las autoridades presentes para su consideración. Por tratarse de
un mecanismo de consulta no obligatorio, las opiniones vertidas en la Audiencia
Pública no condicionan la decisión de la administración que se expresa en la
resolución final. Tanto la administración pública como los impulsores del
proyecto sujeto a evaluación, disponen de un tiempo para exponer las
principales características del emprendimiento y las medidas de mitigación de
los posibles impactos ambientales resultantes del mismo. En el transcurso de la
Audiencia, no se promueve el diálogo entre las partes cada una de las cuales
dispone de un tiempo para formular sus apreciaciones.
A
nivel municipal no existe normativa que permita la convocatoria a Audiencias Públicas
para la aprobación de proyectos que impliquen impactos ambientales sobre los
ecosistemas locales ni se ha desarrollado experiencia alguna en este sentido.
Audiencias
Públicas y conflictos ambientales
Cada
vez con más frecuencia distintos grupos ciudadanos inician conflictos
ambientales potentes enfrentándose a gobiernos y empresas por la construcción
de obras de infraestructura, la instalación de nuevas fábricas o el mal
funcionamiento de las ya existentes. El Mirador de Conflictos Ambientales de
CLAES registra cerca de 60 conflictos ambientales en el período 1990-1999, la
mayor parte de los cuales fueron generados por grupos ciudadanos enfrentados a
problemas de contaminación (Santandreu, 1999a).
La
existencia de mecanismos de participación ciudadana puede facilitar la toma de
decisiones, generando compromiso y control por parte de las organizaciones sobre
los gobiernos, llegando incluso evitar la irrupción conflictos ambientales. En
este sentido, uno de los pocos mecanismos de consulta previstos por nuestra
legislación son las Audiencias Públicas como parte de las Evaluaciones de
Impacto Ambiental, que recién han comenzado a ser convocadas por el MVOTMA
generando los primeros debates en torno a su utilidad y a los mecanismos
seguidos para su realización.
La
Audiencia Pública del Barrio Capra
La
Audiencia Pública convocada por el MVOTMA como parte del procedimiento de
autorización ambiental de una planta incineradora de residuos hospitalarios en
el Barrio Capra, Departamento de Montevideo se transformó en el primer ejemplo
de Audiencia Pública realizada en el país. En esa oportunidad, y pese a que la
evaluación técnica del proyecto no enfrentaba ninguna observación, la Dirección
Nacional de Medio Ambiente (DINAMA) consideró conveniente su convocatoria
argumentando que “la localización del proyecto puede provocar potenciales
conflictos debido a la proximidad de la Escuela Pública N║ 139”.
La
Audiencia Pública fue convocada el 14 de enero de 1999 en las oficinas del
MVOTMA. A la misma concurrieron técnicos gubernamentales, empresarios y algunos
vecinos y productores de la zona acompañados por integrantes organizaciones
ambientalistas. Para los vecinos y productores, enterados por la prensa de su
realización, las respuestas dadas en la reunión no fueron convincentes y la
resistencia vecinal a la instalación de la planta lejos de diluirse aumentó.
En esta oportunidad, la participación de vecinos no organizados fue la chispa
que generó un movimiento denominado Vecinos Contra la Contaminación que lideró
la oposición local al proyecto. En una sociedad local desinformada la Audiencia
Pública puso de manifiesto una de sus facetas, la de informar sobre el
proyecto, sin embargo, no fue efectiva como parte del proceso de autorización
de la planta ya que, casi un año después, la misma no se instaló en la zona
(Santandreu. 1999b).
La
Audiencia Pública en San Jacinto
El
26 de junio de 2000, el MVOTMA a través de la DINAMA, convocó una Audiencia Pública
para recabar la información de las comunidades próximas a Estación Pedrera,
Departamento de Canelones, donde se pretendía instalar una planta incineradora
de residuos hospitalarios. La empresa había iniciado los trámites en la
Intendencia Municipal de Canelones en 1999, luego que la comuna montevideana no
autorizara la instalación de un emprendimiento similar en el Barrio Capra.
Enterados
de la posibilidad de que se instalara una incineradora de similares características
en Estación Pedrera, un grupo de vecinos y productores rurales de la zona
comenzaron a movilizarse con un éxito singular: lograron más de 9.000 firmas
de apoyo, siendo recibidos por el MVOTMA, las comisiones de Ambiente de la Junta
Departamental de Canelones, la Cámara de Representantes y Senadores y el
Intendente Municipal de Canelones. Para informar a los vecinos organizados en la
“Comisión por Canelones Limpio” realizaron
una serie de reuniones en distintas zonas próximas al lugar anunciado para la
instalación de la planta y un llamado masivo a participar de la Audiencia Pública
que convocó cerca de 1.000 personas, convirtiéndose en la Audiencia Pública más
numerosa en la historia del país. La misma tuvo lugar en un club, con las
gradas y parte de la cancha colmadas de vecinos, algunos con traje y corbata y
otros, productores rurales que llegaban acompañados de sus familias. La oposición
de los vecinos se fundó en aspectos ambientales (generación de dioxinas y
furanos), económicas (zona dedicada a actividades agropecuarias y turísticas)
y socioculturales (afectación “psicológica” o “emocional”).
En
este conflicto la “Comisión por Canelones Limpio” desarrolló un planteo
propio de un “conflicto de enfoque”, cuestionando la falta de políticas de
ordenamiento territorial y la carencia de mecanismos de participación ciudadana
para la toma de decisiones.
La Legislación en los Estados Unidos En
Estados Unidos, existe legislación especifica que facilita la
participación de los ciudadanos desde el principio y más a menudo en
el proceso de concesión de permisos a empresas que trabajan con
desechos peligrosos, mejorando el acceso público a la información que
hay acerca de estas empresas. Los solicitantes de permisos deben
organizar una reunión pública informal en que se dé información a
los miembros de la comunidad acerca de las actividades propuestas para
el manejo de desechos peligrosos antes de solicitar el permiso para
llevar a cabo tales actividades. Además, la agencia estatal encargada
de la autorización debe anunciar que se ha introducido una solicitud de
permiso, pudiendo exigir que la empresa establezca un centro de
información (o una biblioteca) conteniendo documentos pertinentes tales
como la solicitud de permiso, los informes y cualquier otra información
que la agencia que concede los permisos desee poner a disposición del público. |
En
una declaración leída en la Audiencia Pública por una integrante de la Comisión,
los vecinos expresan con claridad el alcance de sus demandas: “en
el decurso del proceso de contactos y estudio desarrollado las últimas semanas,
nos hicimos conscientes de la importancia de la participación de la población
en el proceso de instalación de plantas “con efectos potenciales negativos
sobre el medio ambiente”. Tanto el proceso que nosotros vivimos, como el que
nos precedió por parte de la empresa NATURAS S.A. en el Barrio Capra son
ejemplos de las grandes limitaciones de la actual forma de tramitar las
autorizaciones ante DINAMA y las Intendencias Municipales. La Audiencias Públicas,
que la ley referida al tema prevé en forma no obligatoria como única instancia
de información y consulta a la población parecen totalmente inadecuadas para
lograr estos objetivos. La Comisión opina que el tema se debe rever, buscando
la creación de varias instancias como parte de un proceso de información, en
el cual los empresarios participen activamente junto a las autoridades de
gobierno y la población sea informada en forma completa, objetiva y oportuna
sobre emprendimientos que la van a afectar. Se evitaría así la generación de
conflictos como los sucedidos y pérdidas de tiempo y dinero innecesarias. El
hecho de saber que tienen por delante un proceso de este tipo obligaría a los
empresarios a estudiar el tema con la debida atención, modificando proyectos y
presentándolos de la forma más aceptable para los vecinos”.
Ambos
ejemplos merecen ser tenidos en cuenta ya que alertan sobre la necesidad de
generar un debate sobre los procesos y mecanismos de participación ciudadana
desarrollados en nuestro país.
La
participación ciudadana es un proceso
Cada
convocatoria a una Audiencia Pública represente un verdadero desafío de
construcción de gobernabilidad participativa, ya que, tanto la falta de
experiencia gubernamental como las particularidades de la sociedad civil,
transforman cada evento en una experiencia inédita.
Sin
lugar a dudas, la realización de Audiencias Públicas es un mecanismo
interesante de participación ciudadana, siempre que sean entendidas como parte
de procesos que permitan a las comunidades locales obtener la información
necesaria al momento de evaluar los proyectos y las políticas que pretenden
implantarse. Su realización permite informar a los vecinos, generando un mayor
involucramiento de las comunidades locales en el control de los temas públicos.
Sin embargo, en ellas no se agotan las herramientas de participación ciudadana,
en especias aquellas referidas a la gestión ambiental.
Por
otra parte, debemos tener en cuenta que la realización de procesos
participativos que incorporen Audiencias Públicas pueden beneficiar tanto a la
ciudadanía como a la administración pública y las empresas. A la ciudadanía
en tanto encuentra espacios en los que puede obtener información, desarrollar
procesos de discusión social, formarse opinión sobre los emprendimientos
cuestionados y eventualmente elaborar propuestas alternativas a los mismos. La
posibilidad de incorporar el conocimiento y los saberes locales a los procesos
de toma de decisión contribuye a generar formas de participación profunda. La
administración, porque tiene la posibilidad de incorporar la evaluación social
de los emprendimientos, generando espacios de intercambio y confianza mutua
imprescindibles en una gestión participativa de los temas públicos.
Finalmente, al democratizar la información y establecer mecanismos de diálogo,
las empresas pueden evitar la irrupción de conflictos con las consiguientes
perdidas de tiempo y dinero, generando un mejor relacionamiento con las
comunidades en las que pretenden instalarse.
Por
este motivo, en nuestro país deberíamos contar con procesos
de participación ciudadana, que incluyan la convocatoria a Audiencia Pública
como forma de asegurar la mayor participación social y transparencia democrática
en la aprobación de emprendimientos que sean cuestionados socialmente o puedan
afectar el ambiente. Pero además, la Audiencia Pública, en si misma, también
debe ser vista como un proceso que requiere, a lo largo del tiempo, de varias
reuniones con intercambio de información y posibilidad de diálogo y debate.
Las
Audiencias Públicas deberían ser parte de la legislación nacional y
municipal. La complementación de procesos participativos de consulta de alcance
nacional y local, lejos de duplicar esfuerzos permitiría integrar la opinión
de las comunidades locales a los distintos procesos de tomas de decisión.
A
nivel nacional, debería asegurarse la más amplia información social,
evaluando la posibilidad de abrir procesos de participación en los que se tenga
en cuenta tanto las etapas preparatorias como los productos complementarios a la
resolución oficial. En este sentido, la “etapa preparatoria” debe permitir
que todos los interesados en la temática se encuentren ampliamente informados
respecto a las instancias; puedan tener acceso a los proyectos de decisión;
puedan realizar consultas a los técnicos, especialistas, ONG, oficinas
estatales u otras instituciones que les permitan aclarar sus conocimientos en el
tema; puedan presentar sus proyectos alternativos, etc. También debería
estudiarse la posibilidad de contar con recursos públicos destinados a elaborar
informes independientes que permitan a los grupos ciudadanos fundamentar sus
puntos de vista. Finalmente, en la “etapa de resolución”, tendría que
asegurar que la administración informe y fundamente de qué modo fueron
considerados los diferentes puntos de vista, apreciaciones y comentarios
vertidos a lo largo del proceso así como en la Audiencia Pública, haciendo
explícitas las razones que la llevaron a su decisión (Sabsay, D. y Tarak, P.
1995).
A
nivel departamental, su convocatoria debería ser responsabilidad del ejecutivo
departamental, estableciéndose los temas, el carácter de la covocatoria, el
momento en el que la misma se realiza en relación al proceso de toma de
decisiones, los posibles participantes y la dinámica de funcionamiento. Tanto
el seguimiento como la ejecución debería quedar a cargo del ejecutivo
departamental quien tendría responsabilidad sobre la publicidad, convocatoria,
desarrollo y devolución de los resultados a los participantes. Las Audiencias Públicas
Municipales concebidas como parte de procesos participativos deberían
realizarse como paso previo a la consideración de proyectos de inversión,
infraestructura, ordenamiento territorial, manejo de áreas ecológicamente
significativas, etc. y mucho antes de la toma de decisiones por parte de las
autoridades.
La puesta en marcha de procesos de participación ciudadana seguramente contribuya, en forma sustantiva, a generar relaciones profundas entre los diversos actores de la sociedad civil y quienes tiene la responsabilidad de tomar las decisiones, beneficiando tanto a las comunidades como a los ambientes en los que estas se asientan.
Este
artículo es parte de la investigación sobre conflictos ambientales y
herramientas de gestión ambiental participativas realizada por CLAES con
apoyo de FESUR. Una primer versión de este trabajo fue presentada en el
Seminario “Cinco años de Evaluación de la Ley de Impacto Ambiental”,
desarrollado en la Sala de Conferencias del MVOTMA el 20 y 21 de octubre de
1999, organizado por el Ministerios de Vivienda, Ordenamiento Territorial y
Medio Ambiente (MVOTMA), la Universidad de la República (UR) e IFCA.
Referencias
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