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Cultura e Identidad uruguayaCarnaval 2001
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El
Departamento de Cultura a través de la División Turismo y Recreación y el
Departamento de Descentralización realizan los Concursos de corsos barriales de
Carnaval 2000, los que se efectuarán de acuerdo a lo dispuesto en la presente
reglamentación.
En el juzgamiento, se deberá
tener en especial consideración las particulares características de la
festividad de carnaval y deberá por tanto atender especialmente a los aspectos
de alegría y diversión que
incentiven la participación y la
autogestión popular.
Artículo 1º.- Los
corsos barriales serán organizados por las Juntas Locales, y quienes contarán
con el apoyo de infraestructura del Departamento de Tránsito y el Servicio de
Inspección General.
Artículo 2º.-
Se disputarán en cada corso los siguientes premios:
CATEGORÍA DE ADULTOS
a) carros alegóricos- categorizar “A” con el esfuerzo de los vecinos, (elaboración artesanal) factible de premio en efectivo en $$$; “B” con apoyo de profesionales – factible de mención honorífica – diploma
b) figura del corso – vecino del zonal, no profesional (no puede estar inscripto en los registros de la Intendencia )
c)
conjuntos
– a criterio de la Comisión de cada zonal
a)
figura
del corso – (vecino del zonal), no debe estar inscripto en los registros de la
intendencia.
b)
conjuntos
– (no deben estar inscriptos en los registros de la intendencia)
Artículo 3º.-
Entre todos los corsos barriales una vez concluidos la totalidad de los
mismos se elegirá el mejor corso.
Artículo 4º.-
Los concursantes deberán ser amateurs, no se calificará a conjuntos
profesionales.
Artículo 5º.-
Los concursantes deberán pertenecer
a la zona en la que se realice el corso, pudiendo participar de otras zonas en
calidad de invitados, pero fuera de concurso.
Artículo 6º.-
Los Jurados encargados de dictaminar en estos concursos, a excepción del
que definirá sobre el mejor corso, se integrará por la cantidad de Miembros
que estime conveniente cada Junta Local, teniendo que ser siempre un número
impar y su fallo deberá venir avalado por el Presidente y el Secretario de la
Junta Local correspondiente.-.
Artículo 7º.-
El Jurado encargado de dictaminar en el Concurso del mejor corso, estará
integrado por tres Miembros, designados por los Departamentos de Cultura y de
Descentralización.
Artículo 8º.-
Para emitir su veredicto, los Jurados deberán tener especialmente en
cuenta:
a) creativida
b)
participación
(actitud festiva, vinculación con el público)
c)
organización
d)
originalidad
Artículo 9º.-
El Jurado actuante en cada corso podrá declarar los premios, compartidos
en todas las categorías (con excepción de la mejor figura) o declararlos
desiertos.
Artículo 10º.- Los premios a adjudicarse en este concurso se ajustarán al
siguiente detalle:
CATEGORÍA DE ADULTOS
Premio carro alegórico $ 6.000 (pesos uruguayos seis mil)- Categoría “A”
Premio conjuntos $ 9.000 (pesos uruguayos nueve mil) *MURGAS - LUBOLOS - ESCOLAS - OTROS
Premio a la figura a cargo y determinación de los organizadores locales
CATEGORÍA INFANTIL
Premio a la figura a cargo y determinación de los organizadores locales
Premio conjuntos a cargo y determinación de los organizadores locales
PREMIO AL MEJOR CORSO
Mención y Premio a determinar por la División
Turismo y Recreación. La Mención y el Premio serán otorgados a la Junta
Local, con destino a los vecinos o Comisión que aquella delegare para la
organización del corso seleccionado.
Artículo 11º.-
Se establece para el cobro de los premios, un plazo máximo de (5) cinco días hábiles
a partir del día siguiente a la fecha del último corso.
Artículo 12º.- Cada Junta Local habilitará una inscripción de los
concursantes, de acuerdo a las categorías detalladas en el Artículo 2º, las
que entregará al Jurado en el momento de la realización del corso barrial.
Montevideo, enero de 2001
© autogestión vecinal (http://www.chasque.apc.org/guifont) Montevideo/URUGUAY
Edición Internet 2001: Guillermo Font
Guillermo Font - ELECTRICISTA
Correo Electrónico: guifont@chasque.apc.org
Montevideo - URUGUAY