vecinet No. 765 especial 03/11/05

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s u m a r i o (hacé clic en el título)

    1- Uruguayo denunció a Busti ante la CIDH por hostilidad hacia nuestro país
     2-
Se puede consultar también sobre el tema en Internet

1- Uruguayo denunció a Busti ante la CIDH por hostilidad hacia nuestro país

     El Prof. Jorge Balseiro Savio, del Director  Instituto de Ciencia e Investigación, denunció, ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (con similares características entregó otra a la Ombudsman del Banco Mundial) a la República Argentina "por las acciones de hostilidad del gobierno de la provincia de Entre Ríos que afectan los Derechos al Trabajo", de las comunidades de la República Oriental del Uruguay, en particular las que se encuentran en el área de influencia de la ciudad de Fray Bentos. "Estas acciones se expresan en una hostilidad permanente hacia los proyectos industriales en Uruguay, para lo cual se ha puesto al servicio todo el aparato gubernamental de la provincia argentina de Entre Ríos".

     Balseiro, señaló que las anunciadas denuncias contra Uruguay del gobernador Busti, "amenazan nuestro derecho al trabajo y al desarrollo". Señala asimismo que "carecen de todo respaldo científico y técnico", ya que "los estudios ambientales han estado a cargo de un equipo científico uruguayo de primer nivel".
     Asimismo, "carecen de base jurídica de legitimación, ya que estos organismos reciben denuncias de personas comunes, y no de políticos y gobernantes, y menos en campaña electoral". Balseiro recordó que "el 23 de octubre hay elecciones en la Argentina, y en Entre Ríos hay un referendum de reforma constitucional provincial, para habilitar la reelección hoy prohibida, y convertir a Busti en señor feudal vitalicio de la provincia".

     Transcribimos a continuación el texto completo de la denuncia, al que accedió vecinet.

     Los hechos denunciados

     Antecedentes

     "Desde 1960, la República Oriental del Uruguay ha desarrollado estudios para ampliar su potencial de industrialización de la madera. Sucesivamente los distintos gobiernos a través de un marco legal adecuado, promovieron el desarrollo de bosques en aquellas zonas que los estudios demostraron como más apropiadas, en particular, la zona de influencia del Oeste del Uruguay, así como otras del país. Las distintas leyes crearon una gran base forestal, que hoy han madurado habilitando la generación de industrias y empleo, imprescindible para el desarrollo económico de nuestras comunidades.

     Ese mismo proceso se realizó en los países de la región, en particular Brasil, Chile y Argentina, con un formidable impulso al empleo y el desarrollo.

     Una de las etapas de este proceso de desarrollo en Uruguay, es la instalación de industrias  que conviertan parte de la madera de nuestros bosques en celulosa, tal cual se efectúa en muchos países del mundo, incluso el país denunciado.

     Ese proceso de instalación de industrias, se focaliza en la ciudad de Fray Bentos, en las costas del río Uruguay, fronterizo con la República Argentina, concretamente los emprendimientos propuestos por las empresas Celulosas de M’Bopicuá SA y Botnia SA

Somos testigos que los procesos de adjudicación de permisos, se han realizado con un cuidadoso respeto de las normas de Derecho Interno de la República Oriental del Uruguay, donde la instalación de industrias tiene un exigente sistema de autorizaciones, en particular en lo que refiere al ámbito ambiental.

     Asimismo, se han mantenido canales permanente oficiales y no oficiales, para comunicar los planes industriales en Uruguay, a nuestros vecinos de Argentina.

     Así han sido públicas acciones de comunicación formales entre los gobiernos, participación de comunidades argentinas en las Audiencias Públicas que exige la normativa legal uruguaya, así como acciones de las empresas, comunicando permanentemente a las autoridades regionales argentinas, y a los medios de prensa de esas comunidades, al punto que delegaciones de las gobiernos nacional y provincial de Argentina, integrantes de comisiones binacionales, fueron invitados a viajar especialmente a los países de origen de las empresas para conocer en sitio las instalaciones que se planean instalar en Uruguay.

     El proceso de comunicación además obliga en la legislación uruguaya, a poner a disposición del público los informes ambientales, que hoy se encuentran disponibles en el sitio de la Dirección Nacional de Medio Ambiente de Uruguay, así como de los sitios de las propias empresas.

     Hechos denunciados

     En este contexto, denunciamos a la República Argentina por las acciones de hostilidad del gobierno de la provincia de Entre Ríos, y que afectan los Derechos al Trabajo (Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre. Derecho y deber al trabajo, arts. XIV y XXVII, Protocolo de San Salvador art. 6) y Derecho al Desarrollo progresivo (Convención Americana de Derechos Humanos, art. 26).

     Estas acciones se expresan en una hostilidad permanente hacia los proyectos industriales en Uruguay, para lo cual se ha puesto al servicio todo el aparato gubernamental de la provincia argentina de Entre Ríos.

     Se ha anunciado por medios de difusión de esa provincia argentina, la presentación de una petición ante la Comisión, que de ser admitida, afectaría sensiblemente los derechos al trabajo y al desarrollo progresivo de las comunidades del Uruguay referidas ut supra.

     Llama la atención la permanente acción de prensa del gobierno de la provincia argentina de Entre Ríos, que a todas luces obedece a una campaña premeditada, asociada al proceso eleccionario que se vive en la República Argentina, y donde el gobernador de Entre Ríos propone en las elecciones del próximo 23 de octubre referéndum para una reforma de la constitución provincial que permita su reelección.

     Petición

     Que la Comisión declare la inadmisibilidad de la petición que se proponen presentar el gobernador de la provincia argentina de Entre Ríos Jorge Busti, y de el vicegobernador Pedro Guastavino, y que se ha difundido ampliamente por los medios de prensa de esa provincia argentina (los peticionarios).

     Competencia ratione personae. El art. 23 del reglamento de la Comisión señala expresamente que "Cualquier persona o grupo de personas, o entidad no gubernamental legalmente reconocida en uno o más Estados miembros de la OEA puede presentar a la Comisión peticiones en su propio nombre o en el de terceras personas". En este caso, a pesar de que los peticionarios aleguen que lo hacen a título individual y en representación de los ciudadanos, resulta inocultable que toda la acción conducente a la presentación de la petición, ha sido hecha en su carácter de integrantes de una entidad de carácter gubernamental, la cual financia en función de las propias potestades gubernativas de los peticionarios, todas las acciones conducentes a la presentación de la petición, por ejemplo gastos de viajes y de apoyo jurídico. Esto colide claramente con la letra y el espíritu de la normativa que rige a la Comisión, donde se apunta a defender los derechos de los ciudadanos frente a los Estados. Los Estados, como en este caso el argentino de cuya organización forman parte los peticionarios, tienen dentro del ordenamiento jurídico internacional, canales específicos para conducir sus demandas. Si a esto se agrega el contexto electoral y mediático con que se hace la petición, resulta por demás evidente que no corresponde admitirla.

     Competencia ratione materiae. Las violaciones a los derechos humanos que alegan los peticionarios, no se han configurado dado que las instalaciones industriales no han comenzado a operar, y todos los planteos que se hacen tienen mero carácter especulativo, sin respaldo científico o técnico verificable.

     Agotamiento de los recursos internos. Los peticionarios no presentaron ninguna acción ante los tribunales de la República Oriental del Uruguay, ni ante los de la República Argentina. Asimismo, existen acciones judiciales en Uruguay a cargo del fiscal Viana. Y respecto a Argentina tampoco ha sido transitada la vía legal local. A ese respecto, un destacado constitucionalista argentino, el Dr. Daniel Sabsay, atendiendo a una demanda de una ONG involucrada en el tema señalaba que: "Existe una vía local expedita para urgir y exigir al gobierno nacional que realice ya la denuncia ante las Corte internacional de Justicia, porque entiendo que ya se ha dado el incumplimiento de lo que el Tratado Binacional del Río Uruguay establece de parte de Uruguay. Después, una vez agotada esa vía, se iría a la Corte Internacional de La Haya". Así lo indicó ayer en una entrevista concedida a Diario el Día el doctor Sabsay. "De lo contrario, me estoy cerrando a esta posibilidad. Porque si voy directamente a la Corte Interamericana de Derechos Humanos tengo que demostrar que no hay vía local expedita".

     Presentación en plazo. Los peticionarios conocen las características de los proyectos industriales que cuestionan. En mayo el año 2004 y con anterioridad se presentó por el gobierno de Uruguay ante los organismos binacionales los proyectos en cuestión, existieron en ese año reuniones entre los representantes de las empresas cuestionadas y los peticionarios (reunión del vicegobernador de Entre Ríos Guastavino con el embajador de Finlandia en Argentina y el representante de la empresa Botnia 27/02/2004), http://www.entrerios.gov.ar/noticias/v2/notas/ver.php?389 y funcionarios de dependencia directa de los peticionarios viajaron también en el transcurso del año 2004 a conocer en España y Finlandia instalaciones similares. En todos los casos se ha agotado el plazo de seis meses previsto en el artículo 46 de la Convención, que coincide con plazo similar establecido por el Tratado del Río Uruguay que regula las relaciones entre ambos países.  Como prueba citamos declaraciones del ex Intendente de la ciudad de Gualeguaychú, Enrique Martínez Garbino, en el diario El Argentino de esa ciudad: http://www.miercolesdigital.com.ar/notacompleta.asp?ID=1053 "Martínez Garbino se lamenta que se dejaron vencer los plazos y las metas previstas en el propio Tratado del Río Uruguay. Ese instrumento jurídico, que regula las relaciones entre ambos Estados, obliga al intercambio de informaciones y en base a ese intercambio la Argentina podía hacer observaciones y en caso de no encontrar respuestas satisfactorias, el país podía manifestar su disconformidad y la habilitaba ulteriormente a la vía de la Corte Internacional de Justicia. "Instancia que hoy le está vedada por esta vía, porque Argentina o manifestó conformidad como se argumenta en algunos estamentos dando por finalizada la controversia o guardó silencio, que vendría a hacer exactamente lo mismo", reflejó Martínez Garbino."

     Duplicación de instancias y res judicata internacionales. El art. 33 del Reglamento es explícito: "Duplicación de procedimientos 1. La Comisión no considerará una petición si la materia contenida en ella: a. se encuentra pendiente de otro procedimiento de arreglo ante un organismo internacional gubernamental de que sea parte el Estado en cuestión". En estos momentos se encuentra en curso una Comisión integrada por los gobiernos de ambos países, así como ONGs y el propio gobierno de la provincia argentina de Entre Ríos el cual dirigen los peticionarios, para tratar los hechos alegados, y que se ha dado un plazo de 180 días que expira en enero de 2006, razón esta suficiente para que la Comisión declare la inadmisibilidad.

     Otras causas de inadmisibilidad. El propio contexto en que se ha planteado la petición, en el marco de un proceso electoral y de una campaña mediática con uso de los medios del estado argentino, hacen la petición claramente improcedente (art. 34.b)

     Caracterización de los hechos alegados. Vaya una lista de los hechos que han sido difundidos por la prensa como parte de la presentación que se solicita se declare inadmisible:

     1- "el Estado uruguayo no sólo ha renunciado a ejercitar los controles ambientales exigidos por normas internacionales para la instalación de la plantas de celulosa",  Esta es una afirmación falsa y temeraria. El gobierno de Uruguay ha transitado todos los pasos que exige su Constitución y sus leyes. Alcanza con ver el sitio web de la Dirección Nacional de Medio Ambiente, donde se detallan las exigencias.

     2- "sino que además oculta información técnica sobre la contaminación a los argentinos y uruguayos directamente afectados". No sólo la información de los proyectos ha sido publicada en Internet, sino que también se desarrollaron Audiencias Públicas donde pudieron asistir ciudadanos de los dos países. Por otra parte los peticionarios han tenido actitudes claramente hostiles, como concurrir sin aviso a las sedes de las empresas, acompañados de camarógrafos, fotógrafo y notarios, http://www.noalapapelera.com.ar/noticias.php?action=article&news_id=88 al efecto de realizar una operación de prensa bajo la excusa de pedir información, información que no sólo es pública, sino que tuvieron innumerables oportunidades de requerir, por ejemplo al viajar empleados de dependientes de los peticionarios a fábricas similares de Finlandia y España, con gastos pagos por las propias empresas a las que acusan de ocultar información.

     3- "evitar que estas empresas de origen y capital europeo se instalen y funcionen en Latinoamérica bajo un estándar legal y tecnológico de control ambiental al exigido por la Unión Europea". En ambos proyectos las resoluciones de la Autoridad Ambiental uruguaya exigen el cumplimiento de la normativa de la Comunidad Europea, basta con leer los textos de las resoluciones como las características técnicas del proyecto.  Esta afirmación de los peticionarios es una grosera falsedad.

     4- "En este marco, se advierte que el proceso químico denominado Kraft o el sulfato para la producción de la pasta de celulosa del que harán uso las empresas Celulosas de M¨Bopicuá y Botnia, "es altamente perjudicial y violatorio de los derechos a la vida, la salud y el ambiente de las personas que habiten en el lugar de operación de las plantas" Según las estadísticas de la FAO se produjeron en 2004 121.100.286 toneladas anuales pasta al sulfato, de las cuales, la gran mayoría, 98.302.486 toneladas se produjeron en los países desarrollados, en los cuales existen exigentes normativas ambientales.

     5- "Sobre los impactos en el ambiente se destaca la contaminación hídrica, ya que las plantas de Fray Bentos utilizarían 86.000 metros cúbicos de agua que será drenada desde el río Uruguay para luego ser reconducida a este curso de agua cargada de residuos químicos." En ambos estudios se detallan las cacaterísticas de los efluentes, y con la participación de destacados especialistas de universidades argentinas y uruguayas queda claramente demostrado que los efluentes serán inocuos.

    6- "A ello se suma el daño al Acuífero Guaraní, una de las reservas de agua dulce más importantes del mundo, que se encuentra en la zona de instalación de las fábricas de celulosa, y por ende, en la zona de impacto ambiental. "Las probabilidades de contaminación de esta reserva planetaria de agua potable son altísimas", advierte el escrito, ya que la zona de recarga del acuífero se encuentra en el propio río Uruguay.
     Al mismo tiempo, se señala que las áreas de plantaciones de eucaliptus proyectadas para la alimentación de las plantas de celulosa que necesitan 4,5 millones de toneladas de madera por año, serán bosques de monocultivo genéticamente modificados donde se utilizan agroquímicos, nutrientes y pesticidas. Estas acciones contaminan también el acuífero." Esta es una afirmación disparatada y sin base científica. Las fábricas están diseñadas para no contaminar las napas. Este tema será monitoreado por exigencia de la Dinama mediante pozos de muestreo. Además, el propio terreno de la zona, la formación Fray Bentos, es un limo arcilloso impermeable que impide la infiltración. Por otra parte, en Uruguay no hay plantaciones genéticamente modificadas, y estas existen desde hace más de una década sin que se hayan determinado una baja de nivel del acuífero. Por otra parte, del lado argentino del río Uruguay también existen amplias superficies forestadas, promovidas por el gobierno provincial que ejercen los peticionarios. Finalmente, el acuífero guaraní debe su nombre a uno de los expertos internacionales más reconocidos en la materia, el Dr. Danilo Antón, quien participó activamente en los estudios ambientales relacionados de uno de los proyectos.

     7- "Un segundo método de medición del impacto ambiental también contabiliza un radio de 50 kilómetros cuyo centro geográfico estaría ubicado entre las dos fábricas. Esta zona comprende, del lado argentino a Gualeguaychú, Aldea San Antonio, Colonia El Potrero, y Perdices (departamento Gualeguaychú); e Islas Redonda, Laurel, Inés, y Laguna de los distritos Costa Uruguay Norte y Sur, Colonia Elía y Villa Elía y las islas Cupalén, de la Jaula del Tigre, San Lorenzo y Tambor (departamento Uruguay). La violación a los derechos humanos a la salud, al ambiente sano y del derecho humano a la vida se fundamentan en impactos a la salud, principalmente derivados de la utilización de los compuestos químicos que llegarían a la población por medio de la contaminación atmosférica de suelos e hídrica." Los peticionarios no aportan ninguna base científica para sostener esas afirmaciones. Los estudios de ambos proyectos y los de impacto combinado efectuados en el segundo, demuestran claramente que se satisfacen los requerimientos de la normativa más exigente, y por lo tanto son falsas las alegaciones de los peticionarios."

     Pruebas disponibles

     (Indique los documentos que puedan probar las violaciones denunciadas (por ejemplo, expedientes judiciales, informes forenses, fotografías, filmaciones, etc.). Si los documentos están en su poder, por favor adjunte una copia.)

     "Existen elementos que sugieren inequívocamente una intencionalidad de los peticionarios que apunta a cuestiones políticas. Asimismo, los peticionarios han sido asociados por la prensa argentina a hechos de corrupción, concretamente se los vincula al requerimiento a empresas internacionales, incluyendo las que cuestionan, de pagos para autorizar su instalación.

http://eloncedigital.outservers.net/muestranoticia.asp?noticia_ID=20082

http://www.cronistadigital.com.ar/articulo.asp?art_date=2005612&art_index=151414752&x_ref=crondigbreves

     Llamado a consulta popular en Entre Ríos el 23 de octubre próximo, para reformar la constitución y permitir la reelección de los peticionarios Busti y Guastavino.

http://paginau.univision.com/contentroot/wirefeeds/35dinero/4866038.html

     El ministro de Economía de la República Argentina, Dr. Roberto Lavagna, reconoce explícitamente la intencionalidad política de los peticionarios.

http://www.elojodigital.com/economia/2005/09/13/680.html

     Los peticionarios han sido cuestionados públicamente en su país por actos de corrupción: "a nadie escapa que la motivación principal de los políticos argentinos para iniciar la campaña, tiene que ver con una vendetta contra las compañías foráneas por no haberse establecido aquí. Si el elevado nivel de coima solicitado por la administración de Jorge Busti en Entre Ríos ha gatillado la preferencia de españoles y nórdicos por Uruguay, es parte de otra historia."

http://www.losprincipiosonline.com.ar/noticias/example2.php?subaction=showfull&id=1126742064&archive=&start_from=&ucat=1&

     El peticionario Busti, firmó un decreto, el 2254/90 que promocionaba la instalación de plantas de celulosa en la provincia de Entre Ríos. Esa norma fue derogada hace cinco días, lo cual revela claramente el oportunismo de las acciones de este individuo.

http://faostat.fao.org/faostat/servlet/XteServlet3?Areas=9&Items=1876&Items=%3E1876&Items=1878&Items=%3E1878&Elements=51&Years=2004&Format=Table&Xaxis=Years&Yaxis=Items&Aggregate=&Calculate=&Domain=SUA&ItemTypes=Forestry.Derived&language=ES

     La República Argentina tiene una importante industria de celulosa y papel en su territorio, según lo registran las estadísticas de la FAO. Incluso existen dos fábricas papeleras en la ciudad de Paraná (Papelera Entre Ríos y Cartocor) donde tiene sede el gobierno provincial de los peticionarios.  Una elemental aplicación del principio de reciprocidad indica que Argentina no le puede requerir a Uruguay que instale una industria que Argentina tiene en su territorio."

     (Identifique a los testigos de las violaciones denunciadas. Si esas personas han declarado ante las autoridades judiciales, remita de ser posible, copia del testimonio correspondiente o señale si es posible remitirlo en el futuro. Indique si es necesario que la identidad de los testigos sea mantenida en reserva.)

     "Son testigos las comunidades del Uruguay afectadas por esta campaña hostil, los medios de prensa de la región, en particular los referidos en esta petición."

     (Identifique a las personas y/o autoridades responsables por los hechos denunciados.)

     "Jorge P. Busti, gobernador de la provincia argentina de Entre Ríos. Pedro Guastavino, vicegobernador de la provincia argentina de Entre Ríos."

     (DERECHOS HUMANOS VIOLADOS En caso de ser posible, especifique las normas de la Convención Americana o las de otros instrumentos aplicables que considere violadas)

     "Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.  Derecho y deber al trabajo y derecho a peticionar ante las autoridades (arts. XIV, XXVII y XXIV) CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS

Artículo 26.  Desarrollo Progresivo

       Los Estados partes se comprometen a adoptar providencias, tanto a nivel interno como mediante la cooperación internacional, especialmente económica y técnica, para lograr progresivamente la plena efectividad de los derechos que se derivan de las normas económicas, sociales y sobre educación, ciencia y cultura, contenidas en la Carta de la Organización de los Estados Americanos, reformada por el Protocolo de Buenos Aires, en la medida de los recursos disponibles, por vía legislativa u otros medios apropiados.

PROTOCOLO ADICIONAL A LA CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS
EN MATERIA DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES, "PROTOCOLO DE SAN SALVADOR"

Artículo 6
Derecho al Trabajo

1.    Toda persona tiene derecho al trabajo, el cual incluye la oportunidad de obtener los medios para llevar una vida digna y decorosa a través del desempeño de una actividad lícita libremente escogida o aceptada.

2.    Los Estados partes se comprometen a adoptar las medidas que garanticen plena efectividad al derecho al trabajo, en especial las referidas al logro del pleno empleo, a la orientación vocacional y al desarrollo de proyectos de capacitación técnico-profesional, particularmente aquellos destinados a los minusválidos. Los Estados partes se comprometen también a ejecutar y a fortalecer programas que coadyuven a una adecuada atención familiar, encaminados a que la mujer pueda contar con una efectiva posibilidad de ejercer el derecho al trabajo.

Artículo 11
Derecho a un Medio Ambiente Sano

1. Toda persona tiene derecho a vivir en un medio ambiente sano y a contar con servicios públicos básicos.

2. Los Estados partes promoverán la protección, preservación y mejoramiento del medio ambiente.

(…) FIRMA Prof. Jorge Balseiro Savio - FECHA Mercedes, Uruguay, 17 de setiembre de 2005." (vecinet)

sumario

2- Se puede consultar también sobre el tema en Internet

  Diferendo uruguayo-argentino es tema superado

(http://www.presidencia.gub.uy/_WEB/noticias/2005/10/2005103107.htm)

     Lo que el Canciller Gargano califica como "un obstáculo puesto a las relaciones excelentes que mantenemos con la República Argentina", se ha dado por superado, tras el comunicado emitido por el país vecino, explicó el Secretario de Estado, que se reunió con el Presidente Vázquez, con quien acordó emitir una Declaración política al respecto.

 Cancillería espera que mejoren las relaciones con Argentina

(http://www.espectador.com/_dyn/mediaNode/go.php?id=54967)
     "Los lazos de amistad que tenemos hacen que no comprendamos esta situación a la que hemos llegado", afirmó Belela Herrera.

 Gargano: dichos de Busti son "un obús" a la integración

(http://www.espectador.com/_dyn/mediaNode/go.php?id=54859
    
Para el canciller Reinaldo Gargano, las declaraciones del gobernador Jorge Busti son "una especie de obús a la línea de flotación de un proyecto de integración". Destacó que las relaciones con Argentina “no son malas” y mencionó que ayer tuvo tres conversaciones con su par argentino. "Tratamos que las medidas adoptadas, que son serias, conduzcan a buen puerto", agregó.

 Abreu respaldó al gobierno y dijo que Busti agravió a Uruguay

(http://www.espectador.com/_dyn/mediaNode/go.php?id=54865)
    
Amenazas como las de Busti pueden afectar "incluso la estabilidad social y política" del país, advirtió el senador Sergio Abreu.

· Gobierno busca diversificar producción forestal

(http://www.espectador.com/_dyn/mediaNode/go.php?SID=&id=52171)
    
El director general forestal del MGAP, Andrés Berterreche, dijo que el modelo que el gobierno impulsa para ese sector “va hacia lo que es madera aserrada y valor agregado, producción de piezas y partes de muebles”. Sin embargo, aclaró, esto no es contradictorio con las plantas de celulosa. "Estamos apostando a una integración de lo forestal dentro de un marco agrícola-ganadero", definió.

 Técnicos del Banco Mundial estudian los posibles efectos de las plantas de celulosa

(http://www.espectador.com/_dyn/mediaNode/go.php?SID=&id=53207)
    
La delegación que representa al Ombusdman del Banco Mundial fue recibida este martes por las principales autoridades de Industria y Medio Ambiente del país. Este grupo analiza la denuncia que desde Argentina se lanzó contra la instalación de las plantas de celulosa en Río Negro. Además, los técnicos se reunieron con ambientalistas uruguayos que rechazan las plantas.

  IAR Celulosas de M' Bopicuá (http://www.dinama.gub.uy/modules.php?op=modload&name=Downloads&file=index&req=getit&lid=50)

     El objetivo del presente documento es presentar el Informe Ambiental Resumen del Proyecto "Celulosas de M´Bopicuá", según lo establece el Decreto 435/994. Este Poyecto tiene como meta final la producción de pasta de celulosa de Eucalyptus blanqueada, obtenienda a partir de la madera de Eucalyptus, para su posterior exportación.

     La implementación del Proyecto se localizará en la Primera Sección Judicial del Departamento de Río Negro, a unos 12 Kilómetros aguas arriba de la ciudad de Fray Bentos y a unos 6 kilómetros del Puente Fray Bentos-Puerto Unzué.

  IAR BOTNIA planta de celulosa - Fray Bentos (http://www.dinama.gub.uy/modules.php?op=modload&name=Downloads&file=index&req=getit&lid=127)

     Informe Ambiental Resumen. El proyecto trata de la construcción, puesta en marcha y operación de una planta de producción de celulosa y una terminal portuaria, en una zona franca privada, situada en la proximidad de la ciudad de Fray Bentos, departamento de Río Negro, Uruguay. La Planta estará ubicada sobre la margen izquierda del río Uruguay a una distancia de 5.2 km en línea recta al este del límite oriental de la zona urbana fraybentina y a 1.1 km del acceso al Puente Internacional Libertador General José de San Martín que comunica Fray Bentos y Puerto Unzué. Este puente que fue inaugurado en el año 1976, permite la conexión vial más corta entre Montevideo y Buenos Aires y facilita la interconexión de cargas entre Uruguay y la zona agrícola e industrial del litoral argentino, hacia el oeste con Chile y hacia el este con Río Grande del Sur en Brasil.

  Instalación de Planta de Celulosa Botnia y obras accesorias (http://www.dinama.gub.uy/modules.php?op=modload&name=Downloads&file=index&req=getit&lid=157) El proyecto propuesto trata de la construcción, puesta en marcha y operación de una planta de producción de celulosa y una terminal portuaria, en una zona franca privada, situada en las proximidades de la ciudad de Fray Bentos sobre el Río Uruguay. Cada uno de estos componentes del proyecto está sujeto al requisito de Autorización Ambiental Previa, según lo establece el Reglamento de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental. Adicionalmente la planta de producción de celulosa tiene asociada una serie de elementos que también requieren Autorización Ambiental Previa, como lo son un emisario para disponer los efluentes en el río Uruguay, un sitio de disposición final de residuos sólidos industriales potencialmente peligrosos, una planta de tratamiento de efluentes de gran porte (73000 m3/día).

  Grupo Guayubira (http://www.guayubira.org.uy/celulosa/index.html)

  vecinet:  Por razones de tiempo, no estamos al día con la subida a Internet de los boletines semanales de vecinet, veremos de solucionarlo para la semana que viene. Si alguien desea acceder a alguno de ellos y no cuenta con el respectivo boletín, puede solicitarlo a vecinet@adinet.com.uy

     A continuación un listado de las notas sobre el tema aparecidas en vecinet:

·  vecinet 690: 6- Guayubira plantea sus preocupaciones a nueva directora de DINAMA

·  vecinet 697: 7- Argentina: cuidad de Gualeguaychú se encuentra en estado de alerta ambiental; 8- Planta de celulosa: Guayubira fundamenta pedido de revocación ante DINAMA

·  vecinet 701: 4- Marcha hacia Fray Bentos para decir NO a las fábricas de celulosa; 5- Arq. Jaime Igorra: Lo que hay que hacer es controlar

·  vecinet 725: 6- Tras la huella de la celulosa en Finlandia

·  vecinet 731: 5- "Cruzada Salvemos Fray Bentos con concentración frente al Palacio Legislativo; 6- Fábricas de celulosa en Fray Bentos: Por qué estoy en contra

·  vecinet 732: 1- Arana ratificó cumplimiento de normas de preservación del medio ambiente; 2- La planta de Botnia deberá cumplir con las exigencias ambientales y controles más estrictos; 3- La contaminación en el Río Uruguay

·  vecinet 733: 12- Las plantas de celulosa no contaminan más que el turismo

·  vecinet 741: 8- Programa forestal, producción de Celulosa y aportes de UDELAR en construcción de política forestal

·  vecinet 742: 9- Plantas de Celulosa: ¿Repetiremos en Uruguay la experiencia de Ence en Pontevedra?

·  vecinet 743: 8- Argentina: Tabaré Vázquez volvió a defender la instalación de Botnia y Ence; 13- Solicitan que ENCE no sea certificada en Uruguay

·  vecinet 746: 12- Argentina: Crece la polémica con Uruguay por las papeleras; 13- Plantas de Celulosa: Arana y Muñoz conversaron con Ministro Argentino

·  vecinet 748: 10- Comisión Multisectorial informa de reunión con Banco Mundial; 11- Las plantas de celulosa, oscurantismo y realidad

·  vecinet 755: 10- Toda actividad humana es contaminante pero la más contaminante es la pobreza de los pueblos; 11- Argentina: Las papeleras uruguayas, bajo el control de la ombudsman del Banco Mundial; 12- Argentina acordó construcción de papeleras; 13- Botnia y Ence reciclarán desechos para crear energía eléctrica; 14- Papeleras: Ciudadano uruguayo presentará una contradenuncia ante la CIDH

·  vecinet 758: 11- Una vez más sobre las Plantas de Celulosa

·  vecinet 763: 1- Gobierno uruguayo llama a consulta a su embajador en Argentina; 2- Argentina y Uruguay crean comisión bipartita por papeleras; 3- Mujica: Todos vamos a seguir usando papel y en algún lado hay que producirlo;  4- ¿Una nueva celulosa como BOTNIA en Corrientes?; 5- Papeleras: polémica por el proyecto correntino

·  vecinet 764: 1- Para el Gobierno, diferendo uruguayo-argentino es tema superado; 2- La Declaración del Gobierno Argentino; 3- El Comunicado uruguayo; 4- Ante una apreciación inexacta sobre el conflicto "naturaleza vs. BOTNIA y ENCE"; 5- El gobierno argentino, ¿defensor de la ecología?; 6- Declaración de Red Uruguaya Ambientalista sobre la construcción de plantas de celulosa; 7- Transformar los árboles (con los debidos controles) para ofrecer mano de obra a nuestra gente; 8- Forestales defendieron en Entre Ríos el proyecto BOTNIA; 9- Problema que debe resolverse  (vecinet)

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Miembro asociado a la Asociación Mundial de Radios Comunitarias AMARC-URUGUAY; Miembro fundador del Foro de Comunicación y Participación Ciudadana del Uruguay; Seleccionados en 2005 por UNESCO, como buenas ideas y mejores prácticas,

por la producción y difusión de contenidos locales; Seleccionados en 1998 por el Fondo Capital de Montevideo

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