-
Municipios a las urnas: Desde el territorio incidir en el
presupuesto y seguir evolución de las obras
http://www.presidencia.gub.uy/sci/noticias/2010/05/2010050301.htm
El Domingo 9 de mayo los uruguayos, además de intendentes y ediles en los 19
Departamentos, elegirán alcalde y concejales en 89 Municipios. El
presupuesto y la gestión departamental serán formateados, según explicó Abel
Oroño, integrante de la Secretaría de Gobierno Locales (OPP). Dijo que los
Intendentes recibirán desde lo local proyectos de gestión y deberán
articular las políticas departamentales con las necesidades de los vecinos,
expresadas en este tercer nivel de Gobierno.
-
El nuevo mecanismo de elecciones departamentales y su impacto en
la ciudadanía
http://www.espectador.com/1v4/redirect/index.php?m=id&id=180061
A menos de 20 días para que se lleven a cabo las elecciones departamentales
y municipales, aún persisten interrogantes en la población con respecto a
los cambios implementados por la Ley de Descentralización. Las atribuciones
de los municipios, las potestades de los alcaldes o la forma en que estos se
interrelacionarán con las intendencias son sólo algunas de ellas. Para
aclarar el panorama, analizando los componentes políticos, administrativos y
socioculturales, En Perspectiva entrevistó a la diputada socialista María
Elena Laurnaga, integrante de la Comisión Especial de Asuntos Municipales de
la Cámara de Representantes. “
La creación de este tercer nivel de
gobierno es un rediseño institucional que va a tener un enorme impacto en
Uruguay, en la mayor parte de los casos positivo”, afirmó...
- (
video)
Elección de Municipios: preguntas más
frecuentes
http://www.presidencia.gub.uy/sci/video/2010/05/municipios.htm
- (
FACTUM)
Una visión panorámica de la competencia
municipal en los 19 departamentos
http://www.espectador.com/1v4/redirect/index.php?m=id&id=180745
Los 89 Municipios en todo el país
El 9 de mayo serán electos los gobiernos municipales
(Concejo Municipal) de los 89 territorios, en simultáneo con la elección del
Intendente del Gobierno Departamental y los 31 ediles de la Junta
Departamental respectiva en los 19 Departamentos del país.
Los 8 Municipios de Montevideo
En el departamento de Montevideo se ordenaron los 8 municipios conforme
al número de inscriptos habilitados en cada uno de ellos. Las ocho
circunscripciones territoriales ahora denominadas Municipios son:
MUNICIPIO A: Arroyo Miguelete, Carlos M. de Pena, camino
Lecocq, camino del Fortín, camino Tomkinson, camino de la Granja, camino
Luis E. Pérez, camino los Camalotes, Av. De los Deportes, arroyo Melilla
(Pista de Regatas), Río Santa Lucía, Río de la Plata, Bahía.
Credencial Cívica Series: BSA- BSB- BTA- BTB- BTC- BUA- BUB- BVA- BVB- BVC-
BXA- BXB
MUNICIPIO B: Río de la Plata, Bulevar General Artigas,
Monte Caseros, Nueva Palmira, Arenal Grande, Hocquart, Avenida. De las
Leyes, Panamá.
Credencial Cívica Series: AAA- ACA- AIA- AKA- AMA- APA- ARA- ASA- ATA- AVA-
AVB- BEA- BFA- BJB- BKB. AAB- ABA- ABB- ACB- ADA- ADB- AEA- AEB- AFA- AFB-
AGA- AGB- AHA- AHB- AIB- AJA-AJB- AKB- ALA- ALB- AMB- ANA- ANB- AOA- AOB-
APB- AQA- AQB- ARB- ASB- BEB- BFB
MUNICIPIO C: Bahía, arroyo Miguelete, Br. José Batlle y
Ordóñez, Monte Caseros, Nueva Palmira, Arenal Grande, Hocquart, Av. De Las
Leyes, Panamá.
Credencial Cívica Series: BGA- BIA- BJA- BKA- BLA- BLB- BMA- BMB- BNA- BPA-
BPB- BQA- BQB.
BGB- BHA- BIB- BHB.
MUNICIPIO CH: Río de la Plata, Br. José Batlle y Ordóñez,
Av. Italia, Av. Dr. Luis A. de Herrera, Monte Caseros, Br, Gral. Artigas.
Credencial Cívica Series: ATB- AUA- AUB- AXA- AXB- AZA- AZB- BAA- BAB.
MUNICIPIO D: Arroyo Miguelete, límite departamental, camino
al Paso del Andaluz, Av. José Belloni, Av. Gral. Flores, camino Corrales,
Av. 8 de Octubre, Av. Dr. Luis A. de Herrera, Monte Caseros, Bvr. José
Batlle y Ordóñez.
Credencial Cívica Series: BBA- BBB- BDD-BNB-BNC-BOA- BOB.
MUNICIPIO E: Río de la Plata, Br. José Batlle y Ordóñez,
Av. Italia, Av. Dr. Luis A. de Herrera, Av. 8 de Octubre, Pan de Azúcar,
camino Carrasco, arroyo Carrasco.
Credencial Cívica Series: BCA- BCB- BCC- BCD- BCE- BCF.
MUNICIPIO F: Arroyo Carrasco, camino Carrasco, Pan de
Azúcar, Av. 8 de Octubre, camino Corrales, Av. Gral. Flores, Av. José
Belloni, camino al Paso del Andaluz, límite departamental.
Credencial Cívica Series: BDA- BDB- BDC- BDE.
MUNICIPIO G: Arroyo Miguelete, Carlos M. de Pena, camino
Lecocq, camino del Fortín, camino Tomkinson, camino de la Granja, camino
Luis E. Pérez, camino de los Camalotes, Av. De los Deportes, arroyo Melilla
(Pista de Regatas), arroyo Las Piedras, límite departamental.
Credencial Cívica Series: BRA- BRB, BRC, BZA, BZB, BZC.
Los Municipios en todo el país
Los Municipios se crean en todo el país, siendo un total de 89. Se
integraron en los mismos, realidades diversas y abarcativas de todo el
espectro social y en ningún caso favorecerá procesos de segregación
socio-espacial ni discriminatorios.
En el marco de lo establecido por la Ley de Descentralización, también
se crean los siguientes Municipios en los demás departamentos, con los
distritos electorales que se establecen:
Artigas: Baltasar Brum, ICA; Tomás Gomensoro, ICC; Bella
Unión, ICD-ICE-ICF.
Canelones: Canelones, CAA-CNA; Santa Lucía, CBA-CBB-CBC;
Los Cerrillos, CCA-CEB; Aguas Corrientes, CCB; Las Piedras, CDA-CDC-CDD;
Progreso, CDB; La Paz, CEA; Sauce, CFA; Santa Rosa, CGA; San Jacinto, CHA;
San Ramón, CIA; Tala, CJA-CJB; Migues, CKA; Montes, CKB; Soca, CLA-CLD-CLE;
La Floresta, CLB-CLC; Pando, CMA; Empalme Olmos, CMB; Atlántida, CMC; Paso
Carrasco, CMD; Barros Blancos, CME; Ciudad de la Costa, CMF-CMI-CMJ;
Salinas, CMG; Parque del Plata, CMH; Colonia Nicolich, CMK; San Antonio, COA;
San Bautista, CPA; Suárez, CQA; Toledo, CQB.
Cerro Largo: Fraile Muerto, GFB; Río Branco, GDA-GDB-GDC-GDD.
Colonia: Tarariras, NBD; Rosario, NCB; Nueva Helvecia, NEB;
Carmelo, NHB; Nueva Palmira, NIB; Juan L. Lacaze, NLB-NLC.
Durazno: Villa del Carmen, RCC-RCD; Sarandí del Yi, RDC-RDD-RDE.
Flores: Ismael Cortinas, PBD.
Florida: Sarandí Grande, QCA; Casupá, QDC.
Lavalleja: José Pedro Varela, SHD; Solís de Mataojo, SCC.
Maldonado: Ciudad de Maldonado, DAA-DAC; Punta del Este,
DAB; Pan de Azúcar, DCA-DCC; Piriápolis, DCB; Solís Grande, DCD-DCE-DCF;
Aiguá, DDD-DFA-DFB; Garzón, DEA-DEC; San Carlos, DBA-DBB-DBC-DDA-DDB-DDC-DED-DEE-DEF.
Paysandú: Porvenir, KCD-KCE-KDA-KDB-KDD-KDE; Guichón, KEA-KEB-KEC-KED;
Quebracho, KFA-KFC.
Río Negro: Nuevo Berlín, LAB; Young, LBC-LBD.
Rivera: Tranqueras, HCC; Minas de Corrales, HDB; Vichadero,
HFG.
Rocha: La Paloma, ECG; Castillos, EDC; Lascano, EEA; Chuy,
EFB.
Salto: Pueblo San Antonio, JCA; Villa Constitución, JDB-JDC-JDD;
Pueblo Belén, JDE; Colonia Lavalleja, JEA-JEB; Pueblo Rincón de Valentín,
JEC; Mataojo, JFD-JFE-JFF-JFG.
San José: Libertad, OEA-OEB-OEH; Ciudad del Plata, OEI-OGA-OGB-OGC-OGD-OGE.
Soriano: Dolores, MCA-MCB; Cardona, MFA.
Tacuarembó: Paso de los Toros, TFD; San Gregorio de
Polanco, TED.
Treinta y Tres: Vergara, FBA; Santa Clara de Olimar, FDA.
La lista de candidatos a integrantes de cada Municipio será incluída en
una sola hoja de votación, separada de las listas de candidatos para los
cargos departamentales.
La hoja de votación se distinguirá por el lema partidario y llevará un
número seguido por un guión y una letra, que identifica al municipio
correspondiente. Las letras que deben acompañar al número de votación fueron
determinadas por la Corte Electoral.
¿
Para qué se crean los Municipios?
La Ley Nº 18.567 de Descentralización Política y Participación Ciudadana
en su artículo 1º establece que habrá una autoridad local que se denominará
Municipio, configurando un tercer nivel de Gobierno y Administración, que se
agrega a los tradicionales niveles de Gobierno Nacional y Departamental.
Cada Municipio tendrá una población de al menos cinco mil habitantes (en
primera instancia, ya que a partir de 2015 en todas las poblaciones de más
de dos mil habitantes se instalarán estos Municipios) y su circunscripción
territorial urbana y suburbana deberá conformar una unidad, con personalidad
social y cultural, con intereses comunes que justifiquen la existencia de
estructuras políticas representativas y que faciliten la participación
ciudadana.
Tiene por objeto avanzar en la descentralización política y
administrativa en el departamento de Montevideo, con la finalidad de
profundizar la participación democrática de la ciudadanía en la gestión de
gobierno.
Son principios orientadores del sistema de descentralización local la
prestación eficiente de servicios estatales tendientes a acercar la gestión
del Estado a todos los habitantes, la participación ciudadana, la
electividad y la representación proporcional integral entre otros.
¿
Los Municipios dependerán de la Intendencia o serán autónomos?
Cada uno de los Gobiernos Municipales, electos en las elecciones del
próximo 9 de mayo, es un órgano elegido por la ciudadanía que tiene
competencia para ejercer las funciones ejecutivas y administrativas que
correspondan al tercer nivel político-administrativo de gobierno.
Los Gobiernos Municipales podrán definir la forma de dar cumplimiento a
los cometidos y funciones que el Gobierno Departamental le asigne por
Decreto Departamental o se incorporen por ley.
El Decreto de la Junta Departamental 33.209 establece que son cometidos
de los Municipios, entre otros, elaborar y presentar al/la Intendente/a y al
Consejo Vecinal del Municipio el Plan Municipal de Desarrollo y el
Presupuesto Municipal, así como ejecutarlos y administrarlos de conformidad
a las disposiciones vigentes.
¿
Cada Municipio puede tener un programa de gobierno diferente al
del Gobierno Departamental?
El Gobierno Departamental (segundo nivel de gobierno) es único para todo
el departamento, las definiciones programáticas y políticas continuarán
siendo definidas por el Gobierno Departamental. Los gobiernos locales a
través de sus Planes Municipales de Desarrollo, propuestas del/la Alcalde/sa,
de los Concejales y la participación de sus ciudadanos darán forma a la
aplicación y gestión con un enfoque local que reconozca las características
y necesidades locales.
Serán algunos de sus cometidos la planificación, ejecución y
mantenimiento de obras relativas a la red vial, alumbrado público,
señalización y el control del tránsito, la limpieza y el mantenimiento de
espacios públicos, la creación y el mantenimiento de áreas verdes.
También ejecutar programas sociales, culturales y de protección del
medio ambiente. Desde este nivel se propiciará la participación de los
vecinos en la vida comunal y apoyarán el desarrollo de experiencias de
gestión asociada entre el Estado y la comunidad.
¿
Los cambios serán graduales? ¿
Cómo se
producirán?
La normativa sobre la Descentralización Política y Participación
Ciudadana (Ley Nº 18.567 y Decreto 33.209 de la Junta Departamental de
Montevideo) establece en sus Principios Generales que deberá asegurarse la
gradualidad y viabilidad del proceso de descentralización de cometidos y
atribuciones a los gobiernos municipales, acompañándose dicho proceso con la
desconcentración de los recursos financieros, materiales y humanos
necesarios.
¿
Cómo se eligen los Alcaldes?
Los Municipios serán órganos integrados por 5 miembros y sus cargos
serán de carácter electivo, serán distribuidos por el sistema de
representación proporcional integral.
El primer titular de la lista más votada del lema más votado dentro de
la respectiva circunscripción territorial se denominará Alcalde y presidirá
el Municipio.
Son atribuciones del cargo de Alcalde o Alcaldesa:
1. Presidir las sesiones del Gobierno Municipal;
2. Cumplir y hacer cumplir la normativa departamental y municipal;
3. Dirigir la actividad administrativa del Gobierno Municipal;
4. Ejercer la representación del Gobierno Municipal;
5. Ordenar los pagos de conformidad con la normativa vigente;
6. Adoptar las medidas que entienda necesarias para el cumplimiento de los
cometidos municipales, dando cuenta al Gobierno Municipal y estando a lo que
éste resuelva;
7. Requerir el auxilio de la fuerza pública siempre que resulte necesario
para el ejercicio de las funciones del Gobierno Municipal.
¿Cuáles son los requisitos para ser Alcalde?
a) 18 años cumplidos a la fecha de la respectiva elección.
b) Ciudadanía natural o legal y en este último caso con tres años de
ejercicio.
c) Ser nativo o estar radicado en el Municipio correspondiente desde por lo
menos 3 años antes de la fecha de la elección respectiva.
¿Se vota en el Municipio donde se reside?
Se vota donde la persona tenga registrada su credencial cívica.
Ubicación y cantidad
¿Cuántos municipios habrá en Montevideo?
Montevideo tendrá ocho municipios.
¿Dónde van a estar ubicados los municipios?
Se está relevando los locales municipales adecuados para el funcionamiento
de los gobiernos municipales, y evaluando su ubicación y características.
Una vez que esté definida la ubicación, los locales se identificarán
adecuadamente y se hará una buena difusión.
Ver
también:
Leyes, Decretos
y Reglamentación
Reglamentación aprobada por la Corte Electoral el 12 de marzo de 2010 en
donde se establece lo referido a la elección de los integrantes de los
Municipios el próximo 9 de mayo de 2010.
CIRCULAR Nº 8.544. Montevideo, 12 de marzo de 2010. La Corte Electoral
“VISTO que el numeral 9º del artículo 77 de la Constitución de la
República establece que la elección de las autoridades locales electivas,
se realizará el segundo domingo del mes de mayo siguiente al de las
elecciones nacionales;
RESULTANDO: I) Que el numeral 5) del artículo 3° de la ley N°18.567, de 13
de setiembre de 2009, dispone que, dentro de los principios cardinales del
sistema de descentralización local, se encuentra la “electividad” y la
representación proporcional integral.
II) Que por el proyecto de ley sancionado por el Poder Legislativo el 11
de marzo de 2010, se crearon 86 (ochenta y seis) Municipios en todo el
país y se ratificó la calidad de tales para los de Bella Unión, Río Branco
y San Carlos, lo que hace un total de 89 Municipios en los que se
realizarán las elecciones municipales del próximo 9 de mayo de 2010(...)"
- Ley 18.653 - 15/03/2010 - MUNICIPIOS. DISTRITOS ELECTORALES.
CREACION
http://www.parlamento.gub.uy/leyes/AccesoTextoLey.asp?Ley=18644&Anchor=
Publicada D.O. 22 feb/010 - Nº 27922 Ley Nº 18.644 DESCENTRALIZACIÓN
TERRITORIAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA MODIFICACIÓN DE LA LEY Nº 18.567 El
Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay,
reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Sustitúyese el
artículo 10 de la Ley Nº 18.567, de 13 de setiembre de 2009, por el
siguiente: "ARTÍCULO 10.- Para ser miembro del Municipio se requerirá
dieciocho años cumplidos de edad, ciudadanía natural o legal con tres años
de ejercicio ...
(
Trámite Parlamentario
http://www.parlamento.gub.uy/dgip/websip/lisficha/fichaap.asp?Asunto=101177)
-
Ley 18.567 - 13/09/2009 - DESCENTRALIZACION TERRITORIAL.
MUNICIPIOS. CREACION
Otros temas de interés
http://www.larepublica.com.uy/comunidad/408674-vecinos-se-organizan-en-barrios-de-colonia
Los habitantes de Villa Ferrando, Los Nogales y El General, tres
populosos barrios de Colonia del Sacramento, vienen desarrollando la
importante -y necesaria- tarea de juntarse para que esos lugares tengan
más obras y servicios, y para mirar más lejos, con proyectos de largo
alcance que fomentan la inclusión de niños y adolescentes...
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excesivo
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No hay una regla clara ni un patrón establecido en los aumentos
excesivos que se fijaron en el Impuesto de Primaria, que llegó a cientos
de vecinos de cuatro ciudades del departamento de Colonia, pero en
muchos casos supera el valor de la Contribución Inmobiliaria Urbana.
Esta semana entregarán carpetas a las autoridades. "Todos queremos
pagar", afirmaron...
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El Consejo Asesor y Consultivo, formado por 19 adolescentes elegidos
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Mvotma adecua presupuesto para cada departamento
http://www.larepublica.com.uy/comunidad/408672-mvotma-adecua-presupuesto-para-cada-departamento
Metas van más allá de la construcción de viviendas...
-
Canelones: Centro de Atención Ciudadana de Barros Blancos superó
expectativas de descentralización
http://www.presidencia.gub.uy/sci/noticias/2010/04/2010042204.htm
-
Salto: Se realizó entrega 85 viviendas del Proyecto Vivienda
Digna
http://diariosalto.com/actualidad/sociedad/3116-se-realizo-entrega-85-viviendas-del-proyecto-vivienda-digna.html
El pasado martes 27 de abril se realizó la entrega de viviendas del
Proyecto "Vivienda Digna"- Salto Nuevo Sur, 2ª etapa. Se trata de 85
viviendas de dos y tres dormitorios y un salón comunal que fueron
construidas en convenio con el Sindicato Único Nacional de la
Construcción y Afines (SUNCA), el Ministerio de Defensa y el trabajo de
los beneficiarios de dichas viviendas.
Estuvieron presente en el acto e hicieron uso de la palabra,
autoridades del Ministerio de Desarrollo Social (MIDES) , integrantes
del comando de Brigada de Infantería de nuestra ciudad, autoridades
municipales, representantes nacionales y senadores de nuestra ciudad...
-
Salto: Junta Departamental aprobó la conformación de un
espacio para trabajar por la equidad y contra el racismo
http://diariosalto.com/actualidad/politica/3117-junta-departamental-aprobo-la-conformacion-de-un-espacio-para-trabajar-por-la-equidad-y-contra-el-racismo.html
La Junta Departamental de Salto, realizó este martes 27 de abril una
sesión extraordinaria, contó con la presencia del Intendente Dr. Carlos
Gabrielli, algunos directores municipales, participaron también
representantes de diversas organizaciones de afrodescendientes. Luego de
haber debatido el tema por mas de dos horas se emitió una resolución por
medio de la cual se declaró de "interés departamental la conformación de
un espacio que reúna a los diferentes actores gubernamentales y de la
sociedad civil tendientes a trabajar por la equidad y contra el
racismo"...
-
Colonia: Ministro Pintado escuchó a los vecinos y anunció el
inicio de obras en la Ruta 22
http://www.presidencia.gub.uy/sci/noticias/2010/04/2010043006.htm
En una nutrida agenda, el Ministro de Transporte y Obras Públicas,
Enrique Pintado, se entrevistó con el Intendente de Colonia, Alfredo
Martínez y recorrió la capital departamental, Conchillas, Carmelo, Nueva
Palmira y Tarariras. Elevada inversión en materia de infraestructura
determina que se implemente la concesión de obras a privados y la
asociación entre operadores públicos y privados, luego de su aprobación
parlamentaria...
MONTEVIDEO, 17 abr (IPS) - Aunque el cambio climático es un problema
global, la intervención de los gobiernos locales en comunión con los
vecinos es fundamental para afrontarlo. Con esta premisa y para evaluar
estrategias se reunirán la semana entrante en la capital uruguaya
autoridades regionales de distintas partes del mundo...
- Cambio climático
http://www.presidencia.gub.uy/sci/video/2010/04/cambio_climatico.htm
-
Representantes de todo el mundo se reúnen en Montevideo en pos
de mayor compromiso
http://www.presidencia.gub.uy/sci/noticias/2010/04/2010041607.htm
Representantes de gobiernos y organizaciones de cerca de 25 países y más
de 600 participantes de América del Norte, Centro América, América del
Sur, Europa, África y Asia, confluirán en la III Cumbre Mundial de
Regiones sobre Cambio Climático...
-
Estación de producción y capacitación a pescadores y
productores del Río Negro
http://www.presidencia.gub.uy/sci/noticias/2010/04/2010042103.htm
El proyecto de FMAM-PNUD, además del componente preservación, está
destinado a apoyar emprendimientos productivos de piscicultura de
pescadores artesanales y pequeños productores. Las especies elegidas son
de alto valor económico, como la boga y el dorado. Sus promotores
también crearon la primera reserva de peces de agua dulce nativos,
aprobada por la DINARA y declarada de interés nacional por la
Presidencia de la República...
Donaciones posibilitaron emprendimientos económicos y
socio-culturales en Uruguay
http://www.presidencia.gub.uy/sci/noticias/2010/04/2010041602.htm
El MIDES con fondos de donación del Gobierno de Venezuela desarrolló
programas de trabajo dirigidos a la población más vulnerable del país. Se
trata del apoyo a emprendimientos productivos y socio-culturales. Ese
apoyo se dio a nivel financiero y también por medio de la capacitación a
los destinatarios de los programas. Estos fondos también se destinaron a
la construcción de aulas en zonas rurales de contexto crítico...
-
Acuerdos firmados durante visita Presidencial a Venezuela
http://www.presidencia.gub.uy/sci/noticias/2010/04/2010041604.htm