El MGAP, y la Dirección General de Servicios Agrícolas, ha colocado a consulta pública la propuesta de reglamentación de la producción agrícola orgánica.
Ver el documento con la reglamentación propuesta
Hasta el 1º de noviembre se recibirán comentarios, por escrito, a través del correo electrónico:
bmandl@mgap.gub.uy
mchifflet@mgap.gub.uy
La propuesta elaborada sustituye, en lo que a la producción agrícola orgánica refiere, las disposiciones del Decreto 360/92 de 28 de julio de 1992 generando un nuevo marco reglamentario que incluye disposiciones relativas a la certificación y comercialización además de aspectos atinentes a la producción en si.
Nuestro país tiene una larga trayectoria en producción orgánica y cuenta con ventajas para ofrecer al mundo dichos productos y satisfacer la demanda creciente que existe en torno a los mismos, pero requiere contar con un marco regulatorio adecuado que asegure y garantice la calidad de orgánico.
La reglamentación actualmente vigente, ha dejado en manos de dos certificadoras privadas el control, la elaboración de normas y la certificación de la agricultura orgánica, así como la verificación de los productos importados. De acuerdo a dicho marco regulatorio, las dos certificadoras habilitadas son la Sociedad de Consumidores de Productos Biológicos perteneciente a la Asociación Rural del Uruguay y la Urucert.
En este momento, la primera de ellas ha dejado de funcionar y la segunda ha reformulado su razón de ser y no está operando como certificadora de tercera parte lo que genera una situación que es necesario resolver en tanto este tipo de producción se desarrolla bajo el cumplimiento de normas legalmente validadas y con las garantías de la certificación que requieren los consumidores y países demandantes de estos productos.
Las razones indicadas justifican promover este tipo de iniciativas regulatorias valorando particularmente el esfuerzo que la administración está llevando a cabo en materia de conservación de los recursos naturales, la conservación y mejoramiento de la fertilidad del suelo y de la actividad biológica.
De la propuesta se destaca que el MGAP propone habilitar la certificación de tercera parte, la certificación oficial y la llamada “certificación participativa” como tres alternativas para dar garantías a los consumidores de la calidad “orgánica” y para proteger del fraude a los productores orgánicos.
Se institucionaliza la Autoridad Oficial Competente y se le asigna responsabilidades. Esta figura institucional es necesaria para el reconocimiento de la calidad orgánica a nivel internacional.
Por último también se destaca que la propuesta otorga competencias al MGAP para fiscalizar el comercio de los productos orgánicos permitiendo la actuación del organismo oficial ante las infracciones al uso de la denominación “orgánico”.