Estado de situación de los
Derechos Sexuales y Reproductivos
Lilián Abracinskas
Alejandra López Gómez
Por MYSU
Los Derechos Sexuales y los Derechos
Reproductivos: un campo de incidencia política
Los
programas públicos en salud reproductiva
La situación del aborto en el 2001
La atención humanizada del parto y el puerperio
Recomendaciones de líneas de acción para el 2002
INTRODUCCIÓN
El presente Informe, tiene el
objetivo de sistematizar algunos elementos analíticos del estado
de situación de las políticas públicas en salud sexual y
reproductiva, a partir de la perspectiva y el resultado de
acciones realizadas durante el 2001 por MYSU.
MYSU es un grupo de trabajo
integrado por representantes de distintas organizaciones no
gubernamentales y personas, con experiencia en el campo de la
salud y los derechos sexuales y reproductivos. Su eje de trabajo
es la incidencia política y la formación de recursos humanos en
estos temas.
La elaboración de este informe es el resultado de las acciones
emprendidas durante el 2001 que permiten actualizar el estado de
situación y proyectar acciones futuras. Incluye en un primer
capítulo una conceptualización de los derechos sexuales y
reproductivos desde la perspectiva del movimiento de mujeres,
rescatando los aportes generados en las Conferencias
Internacionales de Población y Desarrollo (Cairo, 1994) y sobre
la Mujer (Beijing 1995). En un segundo capítulo, siguiendo
algunos de los tópicos cubiertos por el monitoreo realizado en
el año 1998 por la CNS en el área de salud reproductiva, se
actualiza la información referida a los programas existentes en
Salud Reproductiva a nivel del sistema público (Ministerio de
Salud Pública e Intendencia Municipal de Montevideo), con
especial focalización en el área de la planificación familiar.
Se incorpora el problema del aborto en Uruguay por el
agravamiento de la situación registrada en el último año. Un
tercer tópico que nos importa rescatar son las acciones
referidas a la humanización de la atención del parto, por
considerar que es una línea de trabajo que debería incorporarse
a las acciones en DDRR.
En un tercer capítulo, se plantean algunas propuestas de trabajo
coordinado en el campo de los DDSS y DDRR para el año 2002.
Los Derechos Sexuales y los Derechos Reproductivos: un campo
de incidencia política.
Consideramos que los derechos sexuales (DDSS) y los derechos
reproductivos (DDRR) son uno de los ejes de construcción de
ciudadanía y de profundización de la convivencia democrática. Se
refieren al poder de cada persona para tomar decisiones
informadas y responsables sobre su propia fertilidad, capacidad
reproductiva, cuidado y crianza de los hijos, salud reproductiva
y sexual y actividad sexual. Así como la disponibilidad de
recursos para poder llevar a la práctica esas decisiones de
manera segura, efectiva y sin discriminaciones. (Correa y
Petchesky, 1995).
Para poder ejercer estos derechos con EQUIDAD debe estar
garantizada la LIBERTAD de cada persona para poder decidir
(dimensión individual de los derechos) y tener condiciones de
JUSTICIA para que las diversas decisiones sean respetadas
(dimensión social de los derechos).
Muy habitualmente se habla de derechos sexuales y reproductivos
como un binomio inseparable, pretendiendo asumir que si se
garantiza el ejercicio de unos se dará por descontado el
ejercicio de los otros. Sin embargo, la realidad demuestra que
la mayoría de las políticas, programas y acciones que se
emprenden en este terreno, en el mejor de los casos, abordan
algunos aspectos de los derechos reproductivos pero obvian y
olvidan, sistemáticamente, los derechos sexuales.
Lograr grados crecientes de autonomía en el campo de la
sexualidad y de las decisiones reproductivas tiene estrecha
relación con la posibilidad real del empoderamiento -en especial
de las mujeres-, para autoconocerse, disfrutar del propio cuerpo
y ejercer plenamente sus derechos sobre la base del respeto y la
integración del otro/a en tanto también sujeto de derechos.
Estos derechos son relevantes en la construcción de las
subjetividades y adquieren peso en el desarrollo de las personas
como seres pasibles de ejercer otros derechos como los
económicos y políticos. El empoderamiento se entiende entonces,
como el continuo fortalecimiento de las personas, y en especial
de las mujeres, para ejercer y defender sus derechos, incluido
el poder de decisión sobre los recursos materiales y el
ejercicio de la participación social y política, sin
exclusiones. Tomar decisiones en lo que a la vida sexual se
refiere, de manera informada, voluntaria y responsable, favorece
el desarrollo de sujetos autónomos e integrales en otras áreas
de su existencia y por lo tanto contribuye a la construcción de
la ciudadanía.
Nuestro análisis y nuestra intervención en el campo de la
política y los derechos, se enmarca desde una perspectiva de
género. Siguiendo a Joan Scott, "el género,(…) , es un elemento
constitutivo de las relaciones sociales basadas en las
diferencias que distinguen los sexos y es una forma primaria de
relaciones significantes de poder".(SCOTT, 1986) Hombres y
mujeres en el proceso de socialización van construyendo
características, comportamientos y ocupando espacios que han
sido definidos y valorizados en tanto femeninos o masculinos. El
ámbito de lo público, masculino; el de lo privado, femenino. El
rol de la producción, masculino; el rol de la reproducción,
femenino. Lo político centrado en lo público, masculino; lo
doméstico no reconocido como político, femenino. Religión,
familia, educación, ciencia y política son instituciones a
través de las cuales y por las cuales se ha consolidado esta
división, definiendo normas y construyendo relaciones sociales
basadas en el poder y la subordinación. La categoría género
sería entonces, la herramienta que permite decodificar esos
significados y evidenciar las diferencias culturales que han
sido construidas a partir de las diferencias biológicas.
Ser mujer se ha definido en función de no ser hombre. Como ser
negro o indio se ha definido en función de no ser blanco. Ser
homosexual como el no ser heterosexual. El modelo hegemónico del
hombre, blanco, burgués, adulto, occidental, cristiano y
heterosexual (androcentrismo) ha sido el referente desde el cual
se ha construido el pensamiento científico moderno. Junto a
otras formas de exclusión y marginación, la discriminación por
género ha sido y es una de las formas de sometimiento y
subordinación que afecta de múltiples maneras. Reconocer esto no
significa desconocer el impacto que la pobreza, la
discriminación racial, étnica o etaria tienen en la vida de las
personas. Ni supone ignorarlas como expresiones de exclusión,
injusticia y subordinación. Todo lo contrario, incorporar la
perspectiva de género en los análisis permite complejizar la
mirada sobre las relaciones sociales, las instituciones y las
formas de organización y ejercicio del poder.
Las Conferencias Internacionales de Naciones Unidas sobre
políticas de Población (Bucarest, 1974, México 1984) y
especialmente la más reciente realizada en El Cairo en 1994, dan
cuenta del proceso internacional de debate en torno a los temas
de población y derechos de las personas en cuanto a la
regulación de su fecundidad. La Conferencia de El Cairo (ICPD,
94) señaló nuevos rumbos y significó fundamentalmente un cambio
de paradigmas en relación a los temas de población. Se introduce
el concepto de Salud Reproductiva y Derechos Reproductivos de
las personas como un Derecho Humano, y se descentran los asuntos
de población de la dimensión exclusivamente demográfica para
introducirlo en el campo de la Salud, la Educación y los
Derechos.
A partir de Cairo, las políticas de población ya no serán
sinónimo de control de natalidad, sino estarán en su concepción
asociadas al desarrollo de políticas intersectoriales con eje en
la Salud Reproductiva y los Derechos Reproductivos. La
cristalización de este nuevo enfoque ha sido la síntesis de un
largo proceso de décadas de luchas sociales, en especial del
Movimiento de Mujeres (en sus expresiones locales, regionales e
internacional). Y si bien constituye un avance incuestionable,
continúa siendo un desafío bregar para su implementación y por
el cumplimiento de los Compromisos que los Estados han asumido
en las Plataformas de Acción emanadas de ambas Conferencias
(Cairo, 94, Beijing, 95). "En el marco de las Conferencias
Internacionales, el lenguaje de los derechos sexuales y
reproductivos obtuvo legitimación internacional. Fue un proceso
que implicó la adopción de estos términos, primero en el espacio
académico y el movimiento de mujeres, después en los documentos
internacionales de Naciones Unidas, en las leyes nacionales y en
el discurso público de los que toman decisiones." (Durand, Dos
Santos, 1998). Sin embargo, para los distintos actores
implicados en este proceso (públicos – privados, sociales,
académicos, nacionales – internacionales) el sentido y el
significado asignado a los derechos sexuales y reproductivos no
ha sido el mismo. Según Durand y Dos Santos "(…) las
corporaciones internacionales de control de la natalidad han
incluido el lenguaje de los derechos sexuales y reproductivos
con objetivos diferentes al del movimiento de mujeres. (…)". A
través de los años su meta ha sido clara: el control del
crecimiento poblacional, sea por escasez de alimentos en la
década del 70, desempleo y crisis económica en los ’80 y
degradación ambiental en los ’90". Desde otra perspectiva, los
derechos sexuales y reproductivos significan el derecho de las
mujeres a conocer su cuerpo, a quererlo, a cuidarlo, a
disfrutarlo, y a controlar su fecundidad. Y también implica la
generación de las condiciones que permitan el ejercicio pleno de
los mismos: equidad en el acceso a bienes y recursos,
condiciones aún no plenamente disponibles.
Las políticas gubernamentales aún no apuntan a transformar las
relaciones de poder entre hombres y mujeres, y en general no
incluyen acciones que favorezcan y potencien la participación de
las mujeres en la toma de decisiones. Las más de las veces, las
políticas gubernamentales proponen acciones que toman en cuenta
las necesidades prácticas de género, pero no las necesidades
estratégicas de género (Moser, 1991) imprescindibles para lograr
cambios culturales que desarticulen ese ordenamiento jerárquico.
Se deberían fortalecer "(...) políticas de desarrollo centradas
en una mayor inversión en la salud de las mujeres, su
potenciamiento y el respeto a los derechos humanos. No se puede
buscar el ejercicio de los derechos individuales, si no existen
condiciones para ejercerlos." (MONTAÑO, 1995)
Las intervenciones que puedan hacerse en estos campos también
dependerán de las interpretaciones que se tengan de los
conceptos de salud sexual y reproductiva, y de derechos sexuales
y reproductivos. Evidenciándose desde el vamos, por parte de
numerosos actores, una mayor tolerancia a los conceptos de salud
y reproducción que a los de derechos y sexualidad. Se alientan
en consecuencia acciones públicas que continúan reduciendo la
salud reproductiva a lo materno-infantil o a la planificación
familiar, y se obvian o desconocen los otros componentes de los
derechos sexuales y reproductivos.
Pero es importante señalar que si bien bregamos por políticas
públicas de salud integrales y que generen las condiciones para
el ejercicio pleno de los derechos y la transformación de la
discriminación por género, transformando las relaciones de poder
entre hombres y mujeres, no desvalorizamos la importancia
práctica y estratégica de contar con servicios públicos de
planificación familiar que favorezcan el acceso a métodos
anticonceptivos seguros y de calidad en el marco de una consulta
médica. Creemos que son acciones necesarias pero no suficientes
en la perspectiva de generar condiciones equitativas para unas y
otros. Lo importante es diferenciar que el Estado asuma y
desarrolle este tipo de servicios debe ser parte de un proceso y
no una meta en sí mismo porque de lo que se trata es de alcanzar
el ejercicio pleno de los DDSS y los DDRR para todas las
personas sin ningún tipo de discriminación y respondiendo a la
diversidad de realidades y necesidades específicas.
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